Sáb 05.06.2010

EL PAíS • SUBNOTA  › RESARCIMIENTO POR DESPERFECTOS

A pagar el apagón

La vocera de Edesur, Alejandra Martínez, informó ayer que “todos los casos” de clientes perjudicados “van a ser atendidos individualmente”. Luego, aclaró: “Obviamente que se le descuenta (de la boleta) las horas que ha permanecido sin el suministro de energía; después si ha habido algún tipo de desperfecto interno en la casa, como algún artefacto quemado cuando se repuso el servicio, también se considera”.

Desde el Ente Regulador de Energía Eléctrica (ENRE) especificaron que “el contrato tiene un régimen de expectativa, por tanto tiempo de ausencia en el servicio o por defectuoso. Si en vez de proveer 220 voltios, dan 180, se los multa. Y esas multas están tabuladas por usuario, como la categoría residencial 1, por ejemplo”.

El caso de los artefactos eléctricos, dijo la fuente, “el consumidor debe demostrar al ENRE lo qué pasó y si está en lo cierto la empresa deberá devolver el aparato o reparárselo”. Si el apagón perjudicó la instalación eléctrica, el consumidor tiene que comprobar el daño con un electricista matriculado. “Si la empresa no responde, entonces hay que ir al ENRE y nosotros litigamos con la empresa”, informó el experto de ENRE.

Entre todas las pérdidas, las de más difícil reparación son la que involucran un lucro cesante. “Por ejemplo: si se rompe una heladera, la empresa, protestas mediante, la arregla, pero el frasco de mayonesa que se pudrió no te lo devuelve, hasta ahí no hay mucho problemas, muy pocos se presentan a litigar”, dijo la fuente, que luego traspoló la situación a los comercios, donde se pierden mercaderías más valiosas.

“Si esto pasa en una carnicería todo se complica, porque no está tabulado administrativamente –explicó el funcionario–. Hay que ir a una acción civil y es difícil de probar estas pérdidas. También se corre el riesgo de que el juez no tome la denuncia, además de que muchas veces hay que litigar con gastos, lo que amedrenta a algunos comerciantes: si pierden encima tienen que pagar las costas del juicio. Hay que presentar la facturación del comercio y juntar pruebas. Y tarda. Todavía hay gente litigando por el apagón de 1999.”

Nota madre

Subnotas

(Versión para móviles / versión de escritorio)

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS rss
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux