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La ventaja de la “prisión”
El triple homicidio calificado por alevosía por el que fue condenado Juan de Dios Velaztiqui impone penas de “reclusión” o “prisión” perpetua. La diferencia entre una y otra es que “reclusión” es la más dura del Código Penal, porque determina que el sancionado deberá pasar 25 años efectivos en prisión para poder acceder a la libertad condicional. En el caso de la “prisión perpetua” que se le aplicó al policía, se puede aspirar al beneficio a los 20 años. De todos modos, por su edad, el sábado cumplió 63 años, Velaztiqui podría aspirar en siete años a lograr otro beneficio: la detención domiciliaria por haber llegado a los 70.
Eso es lo que obtuvieron, en diferentes causas penales, personajes de la política contemporánea como el almirante Emilio Massera, el ex dictador Jorge Rafael Videla, el coronel retirado Carlos Alberto Roque Tepedino y el ex presidente Carlos Saúl Menem, que pasó unos días en una quinta de Don Torcuato, mientras estuvo procesado y con prisión preventiva en la causa por tráfico de armas al Ecuador.
Una fuente allegada a las defensorías oficiales, además de insistir en que Velaztiqui mató a los tres chicos en el marco de un supuesto “rapto de locura”, sostuvo que “la salud del acusado es muy delicada y por lo tanto se fortalece la posibilidad de acceder a la detención domiciliaria, incluso antes de cumplir los 70 años”. Velaztiqui sufre de diabetes y ha sufrido una pérdida progresiva de la visión en los dos ojos. Para poder establecer con precisión lo que puede ocurrir, hay que esperar que se conozca el fallo completo.
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