EL PAíS • SUBNOTA
La Corte Suprema ratificó la validez de un artículo del Código Electoral que prohíbe inaugurar obras en los 15 días previos a las elecciones generales y las PASO. Lo hizo con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda (Carlos Fayt no firmó). La norma en cuestión establece que “durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio” y prohíbe durante los 15 días anteriores a la fecha de las PASO y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo.
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