EL PAíS
• SUBNOTA › EL ESTADO SIEMPRE LE DECIA QUE SI A ICK
Modelo de iniciativa privada
Por A. D.
En cualquier región del país suele suceder que cuando un gobierno decide destinar una partida de presupuesto a un plan de obras públicas, por ejemplo, impulsa una convocatoria. Lo mismo hace cuando considera oportuno reemplazar a los titulares de un servicio. En Santiago del Estero, en cambio, los proyectos no estaban impulsados por el Estado sino por el Grupo Ick. Al menos eso ocurría en la mayor parte de los casos estudiados por la Oficina Anticorrupción de Santiago.
¿Cómo lo hacían? Según la OA los pasos eran así:
- Primero, el Grupo solicitaba la concesión de un servicio, de un derecho o la ampliación de los términos de un contrato (objeto, derechos, términos, canon o crédito fiscal).
- A continuación, el Estado respondía siempre en forma afirmativa. Generalmente, de manera directa y siempre ad referéndum del Ejecutivo provincial. Otras veces, las menos, abría una licitación pública usualmente restringida a las compras iniciales. Según el informe, “el Poder Ejecutivo siempre los otorgaba únicamente a favor del grupo empresario asociado y a una velocidad en la tramitación que no se condecía con el resto de la administración”. Hubo casos en los que “se llegó a prorrogar las fechas de las licitaciones para permitir que el grupo económico terminara de pulir los requisitos requeridos”.
Las operatorias partieron de la “rama política del Grupo” sólo en los casos donde hubo licitación pública previa como en el Banco Santiago o en el que se gestionó un seguro escolar obligatorio pero “con una prórroga como propuesta del grupo económico”. En estos casos, el llamado a licitación se “montaba” artificialmente, sugiere el informe. Mientras el gobierno hacía rodar el juego de la licitación, el grupo económico “legalmente establecido, previamente asesorado y advertido de la futura concesión, presentaba una oferta para lograr la adjudicación”.
Como en toda organización, “los integrantes de la ‘rama económica’ y de la ‘rama política’ tenían tareas funcionalmente divididas: cada quien tenía un rol determinado y esencial en el entramado imaginado por los máximos responsables de la organización”, explica Sosa.
La Fiscalía de Estado como órgano máximo de consulta y contralor dictaminó en todos los casos en los que intervino a favor del Grupo Ick. Las salvedades, dice el informe, fueron “raras excepciones, y coyunturales”.
Los ministros hicieron lo mismo. Cuando las propuestas, contrataciones o convenios se hacían “ad referéndum del Ejecutivo en un procedimiento aparentemente lícito, concluían con el decreto ratificado por el ministro correspondiente y por el gobernador. Hubo además resoluciones ministeriales o de dependencias inferiores que implementaban o completaban los decretos”. Para Hernán Sosa, esto demuestra que la organización era sabia: “Estaba capacitada para realizar delitos en perjuicio del Estado, en forma continua e indeterminada, una indeterminación que implicaba la pluralidad de delitos o planes delictivos a cometer”.
Nota madre
Subnotas
-
Modelo de iniciativa privada