EL PAíS • SUBNOTA › UN INVENTO EUROPEO MUY DIFUNDIDO POR TODA AMERICA LATINA
Inspirados en un modelo europeo de posguerra, los Consejos de la Magistratura echaron raíces en América latina en los ’90 con el objetivo de limitar al poder político. “Se introdujeron para mejorar la independencia de la Justicia, pero también les restaron poder a las Cortes Supremas. Las resistencias corporativas se manifestaron, principalmente a través de las Cortes”, explica Demián Zayat, del programa de Justicia Democrática del Centro de Estudios Legales y Sociales. Tras los coletazos de la polémica por la reforma que se aprobó esta semana, Página/12 relevó la historia y la composición de este organismo en otros países.
Zayat trabajó en un análisis comparativo de distintos consejos de Latinoamérica junto a un equipo del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip). Existen distintas composiciones, desde el exiguo consejo boliviano, de cinco integrantes, al prolífico de Italia, con más de treinta. Algunos, como el de Paraguay, sólo proponen candidatos a la Corte; otros tienen un amplio poder. “Empezaron a surgir en los ‘90, impulsados por el Banco Mundial” –destaca Zayat.
Voilá le Conseil
Al final de la segunda guerra mundial, Europa no sólo encaró la reconstrucción de sus ciudades, sino también de su sistema judicial. Hasta ese momento, el Ministerio de Justicia designaban los jueces. Los Consejos de la Magistratura aparecieron para limitar al Ejecutivo. El Conseil Supérieur de la Magistrature se creó con la Constitución francesa de 1946, bajo el mandato de Charles De Gaulle. Ese primer Consejo tuvo 14 miembros: el presidente, el ministro de Justicia, otros dos políticos designados por el gobierno y cuatro jueces. Esa composición, fuertemente política, fue modificada por la Constitución de la Quinta República, en 1958, que inclinó la balanza hacia al Poder Judicial. Luego de la reforma de 1994, lo integran el presidente, el ministro de Justicia y otros 16 miembros: cuatro elegidos por el Ejecutivo y 12 jueces.
El Consiglio Superiore della Magistratura de Italia se creó en 1948 y contaba con 33 miembros. Hoy lo integran el presidente de la República, el titular de Casación, el fiscal general y otros 24 integrantes: un tercio elegidos por el Parlamento y otros dos tercios, por los jueces. “El Consejo francés fue pensado como un órgano asesor de la Presidencia. En Italia tienen mayor injerencia de los jueces”, detalla la diputada del ARI, Marcela Rodríguez, integrante del Consejo argentino.
La Judicatura chévere
“En Europa, son Consejos más técnicos, no remueven jueces. La idea cuando vienen a Latinoamérica es distinta: separar a los jueces de la política. Traen una concepción aséptica del juez a Latinoamérica”, explica Zayat. Aunque la mayoría surgieron en los noventa, hubo varias experiencias previas. Venezuela creó su Consejo de la Judicatura en 1961. Consta de ocho miembros: cuatro jueces, que elige la Corte Suprema, dos representantes del Congreso y dos del Ejecutivo. La entidad designa y remueve jueces y se ocupa de la administración y de la disciplina.
La siguió Perú en 1969 con su Consejo Nacional de la Magistratura, concebido durante una dictadura. Este organismo no pudo funcionar realmente hasta 2000, dado que Alberto Fujimori lo colocó bajo su puño de hierro para mantener controlada a la Justicia. “La mayoría de los consejeros renunciaron para no legitimarlo”, recuerda Rodríguez. El consejo peruano, además de nombrar y destituir jueces, tiene una herramienta de ratificación: cada juez debe pasar por un examen cada siete años. Tiene siete miembros, todos del poder judicial.
El tsunami de Consejos comenzó en los ’90, apoyado por el Banco Mundial con la idea de mejorar la “seguridad jurídica”. “Esto forma parte del vaciamiento de ideología del derecho en los noventa. Aunque no sean partidarias, las acciones de la Justicia siempre son políticas. La idea del Consejo es generar ‘buenos técnicos’” –remarca Zayat. La ola comenzó en Costa Rica (1989), siguió con Colombia (1991), Paraguay y Ecuador (1992) y, por último, México, Bolivia y la Argentina en 1994, aunque ya existían experiencias a nivel provincial. “En general, marcan una tendencia favorable en términos de independencia”, advierte Rodríguez.
Los cambios desataron conflictos con las Cortes Supremas. En Colombia, es el propio Consejo el que propone los candidatos a la Corte y, en Perú, incluso puede removerlos. En Bolivia, al contrario, la facultad de destituir jueces del Consejo fue declarada inconstitucional en 1999. Uno de los puntos centrales de la disputa con los supremos es el presupuesto de la Justicia: en Perú, El Salvador y Paraguay está en manos de la Corte. En Bolivia es una atribución del Consejo, que se lo remite al Parlamento. En la Argentina, existieron varios conflictos con Sus Señorías por el manejo del dinero. “La reforma se inclinó por la Corte, pese a que el oficialismo dice pelear contra la corporación”, ironizó Rodríguez.
Por las disímiles características de cada país, para Zayat los consejos son difíciles de comparar. Si no una conclusión, esboza un problema vigente: “La mayoría mantienen la idea de que la Justicia es sólo para los abogados. Pensamos que es importante que exista cierto control ciudadano en los órganos de selección y remoción de jueces”.
Informe: Werner Pertot.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux