EL PAíS • SUBNOTA
“Todo esto es una barbaridad. Los jueces no pueden ir en contra de lo que dice el Código Penal, en su artículo 86 inciso segundo. Es muy claro lo que dice la ley en el sentido de que no es punible el aborto, en el caso de una mujer discapacitada, no importa la edad que tenga, si ella ha sido objeto de una violación. No entiendo, entonces, por qué este principio tiene que ser puesto en tela de juicio”. Con énfasis, como sin comprender las razones de la negativa judicial, la abogada Dora Coledesky expresó a Página/12 su rechazo a la decisión tomada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata.
“El niño es niño desde que nace. Ahora es un embrión. Y si se toman en cuenta las convenciones internacionales, debe tenerse en cuenta la que sanciona cualquier tipo de discriminación contra la mujer. El artículo 86 del Código es muy claro y nada importan las ideas religiosas que puedan tener los jueces. Lo que importa es la palabra de la ley y, en este punto, lo que dice la ley no admite ningún tipo de discusión.”
Coledesky recalcó que en este caso “tenemos una persona humana que es la joven discapacitada, que ha sido violada, y tenemos un embrión que todavía no es una persona humana porque no ha nacido. El aborto no puede ser considerado un homicidio, es una barbaridad lo que se dice. Y la jueza de primera instancia no puede invocar, en modo alguno, su condición de cristiana militante. Ella tiene que actuar como una jueza, que está atada al cumplimiento de las leyes”. La especialista dijo que la Suprema Corte provincial “tiene que poner las cosas en orden y declarar nulo los fallos en contra del aborto”. La abogada Dora Coledesky es integrante de la Coordinadora por el Derecho al Aborto.
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