Dom 11.05.2008

SOCIEDAD  › OPINION

La ampliación de los límites

› Por Irene Meler *

El proyecto de ley recientemente presentado amplía el sentido de lo que se considera como sociedad conyugal, incluyendo en su interior un bien intangible como lo es la capacitación profesional o laboral. El espíritu de la iniciativa, que concuerda con legislación ya vigente en otros países, es evitar una situación que se ha registrado con gran frecuencia: el desclasamiento de mujeres y niños a consecuencia de un divorcio. En efecto, los varones todavía son en muchos hogares los principales responsables del sostén económico. Esto se debe a la ideología maternalista, que asigna a las mujeres la principal responsabilidad de los cuidados parentales y que contribuye al sostén de la división sexual del trabajo. Es así como muchas mujeres casadas que son madres aportan a su hogar un ingreso complementario, o en otros casos, no hacen aportes monetarios. Si bien esto asegura a los niños una madre de tiempo completo, o con amplia disponibilidad para atenderlos, fragiliza la situación social y económica de las esposas y los hijos cuando el matrimonio se disuelve. Aunque los bienes se dividan por partes iguales, la capacidad de las mujeres para generar ingresos suele ser menor en comparación con la que han desarrollado los maridos, ya que ellos se han especializado en trabajar fuera del hogar.

¿Mejora esta desventaja, generalmente femenina, el hecho de considerar la aptitud laboral del cónyuge con mayor desarrollo en el ámbito del trabajo como parte de la sociedad conyugal? Es innegable que reconoce una situación de asimetría en cuanto al poder económico y protege a los miembros más vulnerables de la familia. Un argumento adverso proviene de quienes prefieren que se imponga el modelo familiar de dos proveedores, y que, en consecuencia, consideran que proteger al cónyuge más débil pueda estimular que las mujeres no trabajen fuera del hogar. Este inconveniente es cierto, pero es necesario reconocer que todavía en nuestro medio, la mayor parte de los matrimonios funciona de un modo tradicional o se encuentra en una transición incompleta hacia la paridad de poder entre los esposos. Legislar como si la igualdad se hubiera alcanzado y ya no fueran necesarias medidas de protección especial implicaría un optimismo peligroso, que desconocería la realidad nacional. Medidas para proteger al cónyuge más vulnerable al divorcio, que generalmente es la mujer, pueden ser necesarias por el momento. Sin duda es preferible que ambos trabajen y desarrollen sus capacidades de modo semejante, lo que sólo se obtendrá cuando la democracia llegue al interior de los hogares y los varones tomen como propias las obligaciones domésticas y parentales.

* Psicóloga. Coordinadora del Foro de Psicoanálisis y Género.

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