Vie 12.09.2008

SOCIEDAD  › EL FUNCIONARIO PORTEÑO QUE CONTROLA EL TRABAJO ILEGAL FUE CONDENADO POR TENER EMPLEADOS INFORMALES

Un experto en el trabajo en negro

Se trata del director de Protección del Trabajo de la gestión Macri. Piden su renuncia porque hace seis años fue condenado por despedir a un empleado de su estudio, que estaba en negro. Es el encargado de hacer cumplir las leyes laborales en la ciudad.

› Por Pedro Lipcovich

El director de Protección del Trabajo de la Ciudad de Buenos Aires tiene por lo menos una condena firme por haber mantenido “en negro” a un trabajador. El funcionario, llamado Nicolás Siseles –cuyas obligaciones incluyen la fiscalización del empleo irregular–, en el estudio jurídico que compartía con su padre, había contratado a un auxiliar administrativo y lo tuvo durante tres años en situación irregular. Cuando lo despidió, en 2002, el trabajador le hizo juicio. El actual director de Protección del Trabajo negó “adeudarle al actor suma alguna” y exigió que a su ex empleado “se le aplique multa por temeridad y malicia”. La jueza interviniente, en cambio, hizo lugar al reclamo del trabajador y condenó a los Siseles a indemnizar a su empleado. En el curso del juicio, además, el actual protector del Trabajo solicitó la inconstitucionalidad de la ley que, durante la emergencia económica, había establecido doble indemnización para los despidos. El otro condenado en aquella causa fue Osvaldo Siseles, padre del primero, que también es funcionario del gobierno porteño y está imputado en el caso Greco.

La causa, a la que tuvo acceso PáginaI12, se tramitó en el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 12, a cargo de la jueza Ana María Etchevers (Expte. Nº 8725/2002, registro Nº 21.145). La sentencia se dictó el 29 de noviembre de 2002, y quedó firme el 8 de julio de 2003, cuando fue ratificada por la Sala IX de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, que a su vez elevó la indemnización de 8000 a más de 13.000 pesos, con costas a cargo de “la demandada vencida”.

El fallo se refiere a la demanda de Jorge Mariano Magioncalda, que “ingresó a trabajar para los demandados el 13 de enero de 1999 en calidad de auxiliar de estudio jurídico”. La relación laboral continuó hasta el 30 de enero de 2002, cuando Magioncalda reclamó “el registro de la relación laboral” y “al día siguiente le fueron negadas tareas al actor sin invocar razón alguna”.

Los demandados contestaron que el empleado había manifestado “su voluntad de no continuar la relación y efectuar el absurdo reclamo de autos. Impugnan la liquidación, plantean y fundamentan la inconstitucionalidad del artículo 16 de la ley 25.561 (que estableció la doble indemnización por despido durante la Emergencia Económica) y solicitan se aplique multa por temeridad y malicia” al demandante.

Durante el juicio, uno de los testigos, que se desempeñaba como contador para los Siseles, mencionó que “la recepcionista en un principio facturó como independiente”, aunque “luego se la registró” y contó “que hay por lo menos dos profesionales más que trabajan en estas condiciones en el estudio”. La jueza impugnó la declaración de una testigo aportada por los Siseles por “ocultar la deponente la real relación que mantiene con los demandados con la evidente intención de beneficiarlos”.

En definitiva, dictaminó la jueza, “la falta de registro (del trabajador) admitida por los demandados importa injuria en los términos del artículo 242 de la Ley de Contratos de Trabajo, por lo que el despido indirecto deviene justificado y resultan procedentes las indemnizaciones reclamadas”. La magistrada desestimó la “conducta maliciosa y temeraria” que atribuían los Siseles a su empleado y se manifestó “en sentido adverso” al planteo de inconstitucionalidad de la doble indemnización. Estableció a favor de Magioncalda una indemnización de 8000 pesos. Los Siseles apelaron y, el 8 de julio de 2003, la Cámara del Trabajo dictó sentencia definitiva (Nº 10.668, Folio 127) ratificando el fallo y elevando la indemnización a 13.000 pesos, más actualizaciones y costas.

“Yo empecé a trabajar para el estudio jurídico de los Siseles mientras estudiaba Derecho, en 1999 –contó a este diario Jorge Magioncalda–; durante tres años, jamás hicieron los aportes y, en plena crisis de 2001, me despidieron. Me parece criticable que funcionarios que cobran del erario, como ya era el caso de Osvaldo Siseles, incumplan el pago de los impuestos previsionales”, agregó Magioncalda, que ya está recibido de abogado.

El 27 de agosto pasado, la abogada Georgina Rebagliatti hizo llegar un reclamo administrativo a Mauricio Macri, jefe de Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, poniéndolo al tanto del caso y sosteniendo que “con el antecedente expuesto, el mencionado funcionario (Nicolás Siseles) resulta inidóneo para ejercer las competencias asignadas a su repartición, y es por ese motivo que solicito se dicte el acto administrativo que corresponda a los efectos de su remoción del cargo”. Hasta ayer la nota no había recibido respuesta.

Durante toda la tarde de ayer, PáginaI12 procuró comunicarse con el Ministerio de Desarrollo Económico de la ciudad de Buenos Aires –del que depende la Dirección de Protección del Trabajo–, pero no obtuvo respuesta.

El otro sentenciado en el juicio laboral, Osvaldo Siseles (padre de Nicolás), es a su vez, desde enero pasado, asesor del Instituto de Vivienda de la ciudad, con una remuneración de 6100 pesos mensuales. El mes pasado, el juez federal Sergio Torres decidió su procesamiento y embargo por un millón de pesos, por haber impulsado un pago indebido de 600 millones de pesos al grupo Greco, cuando fue subsecretario legal de Roberto Lavagna en el Ministerio de Economía de la Nación. Antes, Osvaldo Siseles había sido miembro del directorio del Orsna (organismo fiscalizador de los aeropuertos).

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