Vie 05.12.2008

SOCIEDAD  › OPINION

El riesgo de las “internaciones preventivas”

› Por Leonardo Gorbacz *

El procesamiento a los médicos que atendieron al periodista Juan Castro “acusados de no haber evitado que eludiera la internación por su adicción a la cocaína”, según lo publica Página/12 en la edición del 29 de noviembre pasado, podría significar, en caso de que se termine con una sentencia en ese sentido, una ola de comportamientos defensivos en los profesionales de la salud mental consistentes en una catarata de “internaciones preventivas”.

No voy a juzgar la pertinencia de la medida judicial. No conozco la causa. Pero sí advertir que la decisión de internar o no a un paciente no puede ser indiferente al consentimiento que brinde o no esa persona. Allí, el criterio profesional se choca con, nada más y nada menos, la libertad individual.

Las internaciones compulsivas o forzadas en salud mental son, si se utilizan con criterio de excepcionalidad, una medida necesaria en algunos casos, pero si se usan de manera extendida ante un riesgo potencial son una forma de control y de abuso de poder que, prácticamente con ninguna garantía, se imparte sobre determinados sujetos. Y las personas que consumen drogas son blanco favorito de esas medidas.

Hacer un análisis de riesgo a posteriori siempre es muy fácil. Pero las decisiones terapéuticas no se toman a posteriori, requieren el compromiso del paciente, y siempre suponen asunción de riesgos. Por eso, si la máxima que rigiera las decisiones de los psiquiatras y psicólogos fuese evitar todo riesgo, deberíamos tener bajo internación, voluntaria o impuesta (es decir, privados de su libertad), a prácticamente todos los sujetos bajo tratamiento (y a los que no están bajo tratamiento también). ¡Menuda tarea trabar relación de confianza bajo esas circunstancias!

Algo de eso suele suceder, y por eso en nuestro país hay unas 25 mil personas privadas de su libertad por cuestiones de salud mental, según un informe del CELS. En algunos casos por pobreza, en otros porque años y años de encierro cortaron todas las vinculaciones familiares y las habilidades sociales, o porque las órdenes judiciales de externación nunca llegan. Y en otros casos porque se exigen garantías de no peligrosidad que son imposibles de dar en ningún caso, si se trata de predecir la conducta de seres humanos y no de robots.

Luego de interminables décadas de poner el eje de la atención psiquiátrica en el encierro, algo empezó a cambiar en el mundo, y también en nuestro país. En algunas provincias se ha avanzado mucho en políticas de desmanicomialización, que no es sólo cerrar manicomios sino centralmente cambiar prácticas que han priorizado las internaciones como forma de abordaje.

Hay leyes que reflejan esas políticas en provincias como Río Negro, San Luis y la ciudad de Buenos Aires, entre otras. Y se discute por estos días en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de mi autoría que va en ese mismo sentido.

Aun así, el abuso de las internaciones sin consentimiento del interesado bajo la idea de que es por su bien, de que existe un riesgo potencial o que, por ejemplo, tratándose de adictos, no pueden decidir, es una de las formas más extendidas de violación a los derechos humanos en la actualidad.

Una persona con padecimiento psíquico o que consume drogas es un ciudadano que tiene derecho a su libertad, aun si esa libertad significa algún riesgo en determinado momento. Sólo debiera romperse este principio cuando el riesgo es claro e inminente, como ya lo ha planteado la Corte.

No sabemos si eso fue así en este caso. Pero según Página/12, parte de los fundamentos de la jueza expresan que “la acción omitida por los imputados hubiera eliminado o reducido el peligro concretado en el resultado y por lo tanto el resultado (de muerte) es objetivamente imputable a la omisión que se les atribuye”. Es decir que, con el resultado puesto (fatal y lamentable), lo que nos está diciendo es que las muertes por sobredosis y los suicidios en salud mental son casi siempre responsabilidad de los profesionales. Ergo, más allá del deseo de cada paciente, es deber del médico reducir riesgos y por tanto internar, privar de la libertad.

En clave de política de adicciones, ése es un razonamiento funcional a la penalización y persecución de los adictos para “su protección”.

Lo que me preocupa, y mucho, es que en nuestra mediática sociedad una condena así genere una actitud defensiva del conjunto de los profesionales “psi” que haga retroceder las prácticas en salud mental y aumente el número de encierros por razones supuestamente sanitarias.

En cambio, un avance significativo en la política de salud mental de nuestro país supone consolidar los procesos de externación y cierre progresivo de manicomios que ya se ha iniciado para sustituirlos por dispositivos ambulatorios alternativos en la comunidad, además de la aprobación de una ley nacional que acompañe el cambio.

Pero centralmente supone poner en valor la libertad y la autonomía como presupuesto básico de cualquier intervención.

* Diputado de la Nación (bloque SI-ARI TDF). Psicólogo. Autor del Proyecto de Ley Nacional de Salud Mental.

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