SOCIEDAD › ABSUELVEN AL DEFENSOR ATILIO ALVAREZ EN UN CASO DE SUPUESTA CORRUPCIóN
Alvarez fue presidente del Consejo del Menor en los ’90. Fue denunciado por “defraudación agravada”. El tribunal que lo absolvió sostuvo que hubo “orfandad probatoria” en el proceso y dijo que su actuación “merecía más el elogio que la denuncia vacua”.
Un fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 3 absolvió a José Atilio Alvarez, quien siendo presidente del Consejo del Menor y la Familia en los ’90, fue acusado del delito de “negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”. Los jueces sostuvieron que los “elementos probatorios colectados en el proceso no acreditaron, siquiera mínimamente, los sucesos endilgados a Alvarez”, y señalaron que había “una orfandad probatoria” en el juicio. Se lo acusaba de beneficiar a dos arquitectos en proyectos de refacción de institutos de menores, aunque para la Justicia se encontraba autorizado para hacerlo. En diálogo con Página/12, el funcionario aseguró que fue “cuestionado por construir” y aunque no descarta la persecución política en su contra mencionada en el fallo, aseguró que, “de haberla, son los gajes del oficio”.
La denuncia partió del propio Consejo, una vez que Alvarez dejó el cargo. En el fallo consta, como argumento de su defensa, que el entonces imputado afirmó que la denuncia no era un hecho aislado sino “producto de la ruptura con la fuerza política (el menemismo) que, en 1997, lo quiso obligar a encabezar una lista para diputados nacionales y se negó”. Las obras en cuestión, según se desprende del texto firmado por los jueces Miguel Pons y Gerardo Larrambebere, eran “urgentes” y Alvarez eligió a los arquitectos Héctor Lostri y Rodrigo Cruz porque, a pesar de ser jóvenes, “tenían experiencia porque eran becarios del Consejo y se les pagaron honorarios inferiores a los que cobran arquitectos de más trayectoria”.
“Murieron muchos chicos quemados en la provincia de Buenos Aires por la falta de mantenimiento de los institutos, eran problemas reales y urgentes. Acá se critica lo que se hace, no lo que no se hace. La omisión no se critica, es grave. Sé que hiciera lo que hiciera me criticaban”, dijo Alvarez. Además, este ex funcionario, que sigue siendo defensor de menores, señaló que había presentado sus testigos, pero el juez de instrucción (Claudio Bonadío) escuchó “una sola campana”. Así, el caso llegó a un juicio, aunque el fiscal que lo recibió en esa instancia, Mauricio Viera, al igual que los jueces, determinó que no había ningún delito acreditado y se negó a acusar.
En su fallo, el tribunal se permitió una digresión para señalar los problemas citados por Alvarez: la sentencia destacó “la orfandad probatoria con que se sostuvo el proceso en la etapa anterior”. Es que, según apunta el texto, “el juez instructor omitió evacuar mediante su producción todas y cada una de las citas que en su descargo invocara el imputado, citas que, por lo demás, se presentan conducentes, tal como lo demostró el debate, para acreditar sus protestas de inocencia”.
Los magistrados también entendieron que el proceso, que duró 6 años y en el que se puso un embargo de 500 mil pesos contra el acusado, “salpicó sin fundamento serio” una trayectoria que, por algunos testimonios dados durante el juicio, “merecía más el elogio que la denuncia vacua”.
Lo que se denunció, con “desprolijidad y ligereza” según el fallo, fue la contratación de los servicios de los dos arquitectos, ya que contaba con un departamento especializado integrado por funcionarios públicos en la materia dentro del Consejo. También se señaló que “no hubo compulsa o análisis preliminares de las propuestas para una actividad como la encargada a los arquitectos”. En su defensa, Alvarez, que es abogado, afirmó que se violó el principio de incongruencia. Dice que nunca supo de qué lo acusaban, si de incumplimiento de sus deberes de funcionario público o de designar personas no idóneas para la obra. Finalmente, según consta en el fallo absolutorio, fue acusado de “defraudación agravada” porque no “estaban hechas” las obras, aunque ésa no era la denuncia original.
Alvarez también agregó que, “para afrontar las obras que surgían con las necesidades diarias, no se podía llamar a licitación porque no había presupuesto para ello, no sólo por la restricción presupuestaria que atravesaba el Estado nacional desde 1996, sino porque, además, las obras convenidas con la provincia de Buenos Aires serían abonadas por ésta mediante un sistema de reintegros”. Además, los arquitectos eran becarios, ya capacitados en el Consejo, y ambos venían refaccionando desde 1993 lugares similares que dependían del Consejo.
El Tribunal dejó entrever que detrás del proceso en contra de Alvarez “se escondería una deleznable persecución”.
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