SOCIEDAD › FUE RESCATADA POR ARGENTINOS DE UNA CONDENA INJUSTA EN EL SALVADOR
Una chica salvadoreña fue condenada a treinta años de prisión en su país por la muerte de su recién nacida. Después de siete años de cárcel, una abogada y tres peritos argentinos demostraron que no hubo homicidio y que la niña murió al nacer.
Karina Herrera Clímaco fue condenada en 2002 a treinta años de prisión efectiva por “homicidio agravado por el vínculo”. Tenía 24 años, tres hijos pequeños y vivía en extrema pobreza en un barrio de la periferia de San Salvador en Centroamérica. En soledad, en una casilla sin agua, gas ni corriente eléctrica, la joven parió a su cuarta hija. “Basados únicamente en una autopsia que literalmente describía a la próstata como parte del cuerpo de la niña, la Justicia de El Salvador interpretó que Karina había asfixiado hasta la muerte a la pequeña. No hubo exámenes complementarios. Ni consultas paralelas. Era mujer y pobre, ‘naturalmente’ era culpable.” El irónico relato corresponde a la abogada penalista marplatense Patricia Perelló. El 9 de julio último, Perelló, tres médicos argentinos –Mariano Castex, René Baillieau y Juan Lascano– y una Red solidaria salvadoreña pudieron revertir el fallo y dejar en libertad a la mujer. Después de siete años compartiendo la prisión con más de mil reclusas, Karina “pudo más que el prejuicio y demostró que su hija murió por causas naturales”, confirmó a Página/12 Perelló.
Todo comenzó el 17 de enero de 2002. La hora: pasada la medianoche. El lugar: una casilla en un barrio muy humilde en las afueras de San Salvador. La situación: Karina despertó con contracciones muy fuertes, producto de un embarazo en su etapa final. “Estaba sola en la casa, sin asistencia alguna comenzó con el trabajo de parto. Dio a luz y la beba salió con placenta y todo. Al perder mucha sangre se desmayó. La muerte de la niña se produjo porque, al no haberse cortado el cordón umbilical, la placenta absorbió la sangre en forma inmediata y le provocó un shock hipovolémico”, relató Perelló.
Horas después, la joven despertó en un hospital público. Allí los médicos denunciaron a Karina “por practicar un aborto”. Pero cuando la madre de la imputada regresó al domicilio familiar encontró a la beba tirada en el piso, toda ensangrentada. Entonces, llamó a la policía, que terminó apresándola. En paralelo, “la Justicia cambió la carátula de la causa (de la joven) a ‘homicidio agravado por el vínculo’”, aseguró la letrada penalista.
En noviembre de 2002, Karina fue encontrada culpable de asesinar por estrangulamiento a su propia hija. La condena: 30 años. La explicación: “La única manera de condenar a una persona sólo con supuestos es pensar y argumentar a partir de prejuicios. La sociedad de El Salvador en particular y de toda Centroamérica en general es extremadamente conservadora. Si la persona enjuiciada es mujer y de bajos recursos, se la condena incluso sin pruebas o con pruebas deficientes –dijo Perelló–. Ni siquiera los abogados defensores apelaron.”
Sin embargo, los barrotes carceleros no doblegaron a Karina ni a su familia. La madre de la joven –empleada de una panadería de barrio– comenzó a reunirse con miembros de organizaciones de mujeres salvadoreñas. Juntas, conformaron una red, “Solidarias con Karina”, que comenzó a trabajar para obtener la libertad de su defendida. Fue cuando Perelló intervino en el caso: “Morena Herrera, una activista salvadoreña amiga, me avisó sobre la situación de Karina, porque necesitaban un abogado penalista para redactar un informe sobre las barbaridades que decía la autopsia”, relató efusivamente la letrada marplatense.
A fines de 2006, mientras Karina terminaba en prisión la escuela secundaria, Perelló viajó al país centroamericano para “empaparme sobre el expediente” y entrevistarse con la condenada. A su regreso, solicitó la opinión de tres especialistas médicos que estudiaron la autopsia y emitieron sus propias conclusiones. Consultado por Página/12, la postura científica del médico legista Mariano Castex fue concluyente: “Los informes periciales del expediente eran una vergüenza”, dijo Castex. De hecho, en la “Evaluación Crítica Médico Legal” compilada por el propio Castex se sostiene que “en el ánimo del juzgador prevaleció el dictamen en materia forense que excluyó por completo toda duda en un terreno donde la duda se imponía (...) no solo en materia de homicidio sino también en cuanto a aborto inducido”.
Después de siete años en la hacinada cárcel de Ilopango, el 6 de julio último Karina presenció la audiencia donde se expuso el nuevo informe pericial. Tres días más tarde, el mismo tribunal que la había condenado la absolvió “de culpa y cargo”. “Y ella pudo demostrar su inocencia frente a sus hijos”, concluyó Perelló.
Informe: Mariana Seghezzo.
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