SOCIEDAD › CONDENAN A UN HOMBRE A CINCO AñOS DE PRISIóN POR MATAR A SU PAREJA
El tribunal consideró que el autor del hecho actuó de manera negligente porque estaba ebrio, de modo que calificó el hecho como “homicidio culposo”. El fiscal adelantó que apelará el fallo a la Cámara de Casación Penal.
En un polémico fallo, un tribunal de Río Negro condenó a un hombre que, en estado de ebriedad, mató a su pareja de 75 puñaladas, a cinco años de prisión, por “homicidio culposo”, y dispuso que el acusado se someta a un tratamiento psicoterapéutico para que pueda controlar las ingestas alcohólicas. Los jueces de la Cámara Segunda en lo Criminal de General Roca, en un fallo unánime, consideraron que la ingesta deliberada de alcohol antes de concretar el crimen hizo que el hombre actúe de manera negligente y sin intención. El fiscal adelantó que apelará la sentencia a la Cámara de Casación. “No encontramos la forma de entender el razonamiento del tribunal”, dijo.
En la noche del 27 de febrero de 2008, Ramón Sosa, de 32 años, regresó ebrio a la casa que compartía con Laura Nahuelcar, diez años menor, en el barrio Quinta 25 de la ciudad rionegrina de General Roca. Para las 23, cuando la policía llegó advertida por un vecino de la zona, Laura estaba desnuda en su dormitorio y tenía las marcas de las 75 puñaladas que le causaron la muerte. Ramón estaba acostado boca abajo en la puerta de la casa con el torso desnudo y con un corte en la muñeca derecha. A su lado, un cuchillo de hoja lisa con el que el hombre provocó las heridas mortales a su mujer, a la que también había golpeado con mancuernas.
Juan Carlos Nahuelcar, padre de Laura, aseguró que nadie había visto antes a su hija con ese hombre y que el crimen fue “algo premeditado, porque estuvieron todo el día juntos”. Por eso, tras el fallo de los jueces sentenció: “Parece que los jueces no escucharon ninguna de todas las declaraciones que dieron los testigos. Una bestia como Sosa no merece sólo cinco años de prisión. Si robo una bicicleta me dan la misma cantidad de años”.
La decisión de los jueces Juan Rotter, María Evelina García y César López Meyer se basó en que “su culpabilidad consistió en ese estado de ebriedad imprudente”, por lo que además de la pena máxima de cinco años por “homicidio culposo” deberá someterse a un tratamiento psicoterapéutico para que pueda controlar las ingestas alcohólicas para evitar que recaiga en episodios de ebriedad que lo lleven a tener conductas peligrosas para sí o para terceros.
El fiscal Eduardo Luis Rodríguez Trejo –que había solicitado una pena de quince años por “homicidio simple”– indicó: “No encontramos la forma de entender el razonamiento del tribunal”. Además, anticipó que la decisión “será recurrida ante Casación” y resaltó que el intento de suicidio de Sosa luego del crimen significa que “comprendió lo que había hecho”.
El abogado querellante, Guillermo Leskovar Garrigós, había solicitado la condena de reclusión perpetua para Sosa, pero no apelará por decisión del padre, que se resignó: “La decisión de los jueces hace que me calle”.
El abogado defensor, Daniel Tobares, había solicitado la nulidad del alegato del querellante y la absolución de Sosa, a quien consideró inimputable, a partir del informe médico pericial.
“Si partimos del análisis que estableció que tenía 2,43 gramos de alcohol en sangre, cómo se explica que esta persona haya causado 75 heridas entre puñaladas y golpes de mancuernas, haya cruzado la calle hasta la casa del vecino para pedir ayuda y se haya intentado suicidar”, razonó el fiscal Rodríguez Trejo.
Lo que no se alcanzó a develar en el curso del juicio fueron los motivos del crimen y cuál era el vínculo entre Sosa y Nahuelcar, ya que los familiares de la víctima sostuvieron no conocer al homicida. Pero según las declaraciones de los policías que lo detuvieron aquella noche, el hombre habría matado “por una supuesta infidelidad”.
“Ya cumplió un año y siete meses en la cárcel, en un tiempo estará de nuevo en las calles y quién asegura que no volverá a cometer otro ‘error’”, advirtió el padre de la víctima en declaraciones a una radio local.
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