Jue 29.10.2009

SOCIEDAD  › LOS MEDICAMENTOS DE VENTA LIBRE SóLO PODRáN SER EXPENDIDOS EN LAS FARMACIAS

Se acaba la aspirina en el kiosco

El Senado convirtió en ley el proyecto para que ningún remedio pueda ser expendido fuera de las farmacias. Tampoco podrán estar en las góndolas de las cadenas farmacéuticas. El objetivo es mejorar el control y reducir la automedicación.

› Por Pedro Lipcovich

Los medicamentos de venta libre sólo podrán expenderse en las farmacias, de acuerdo con una ley que sancionó ayer el Congreso Nacional. El kiosquero que pretenda venderlos podrá ser castigado por “ejercicio ilegal de la farmacia”. Estos medicamentos también deberán ser retirados de las góndolas de las cadenas farmacéuticas, ya que “deberán ser dispensados personalmente en mostrador”. La nueva ley es apoyada por el Grupo Argentino para el Uso Racional de Medicamentos, ya que “sobre todo en productos de venta libre, donde no interviene la receta del médico, es importante contar con la opinión del profesional farmacéutico”. El titular de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados advirtió que “muchos medicamentos de venta libre son drogas de gran poder y pueden tener importantes efectos secundarios”, además de señalar que “cuando un fármaco se vende en kioscos, no hay control de las fechas de vencimiento ni de ninguna otra cosa”. Además, la Cámara baja se disponía a tratar anoche un proyecto sobre “trazabilidad” de medicamentos, que permitiría no sólo a las autoridades, sino a cada usuario, verificar por Internet si el producto que compró es legítimo.

Ayer el Senado de la Nación dio sanción a un proyecto originado en la Cámara de Diputados, por el cual “la preparación de recetas y la dispensa de medicamentos, incluidos los denominados de venta libre, sólo podrán ser efectuados, en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas. Los medicamentos de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio. Su venta y despacho fuera de estos establecimientos se considera ejercicio ilegal de la farmacia y los que lo efectúen podrán ser denunciados por infracción al Código Penal”.

Según explicó Juan Sylvestre Begnis, titular de la Comisión de Salud de Diputados, “alguna vez se consideró que los medicamentos de venta libre eran de baja potencia terapéutica o de escasos efectos negativos, pero en realidad son drogas muy activas: la aspirina, por ejemplo, se usa nada menos que para licuar la sangre en pacientes que tuvieron infarto de miocardio; y no es un producto inocente: como cirujano, he operado hemorragias digestivas por uso excesivo de aspirina para dolores de cabeza”.

Además, “hoy en los kioscos se puede comprar no sólo medicamentos de venta libre, sino antibióticos, antiespasmódicos y hasta psicotrópicos. No hay control sobre las fechas de vencimiento ni sobre ninguna otra cosa, porque los inspectores municipales no saben de medicamentos y los que saben de medicamentos inspeccionan las farmacias, no los kioscos”, agregó el legislador.

“Otro efecto de la venta fuera de farmacias ha sido que ese acceso fácil estimuló la automedicación, y entonces la gente usa medicamentos que tal vez no corresponden al diagnóstico correcto de su enfermedad, o toma dosis excesivas o insuficientes; éste es un drama que costará revertir”, sostuvo Sylvestre Begnis, y añadió que “restringir la venta a las farmacias resta también un importante canal para los productos robados o adulterados”.

El médico Martín Urtasun, integrante del Grupo Argentino para el Uso Racional de Medicamentos (Gapurmed), comentó que la ley “rescata la importancia de la función profesional del farmacéutico; en medicamentos de venta libre, que se compran sin receta profesional, se destaca todavía más el valor del farmacéutico para ayudar a su uso adecuado. El uso de los medicamentos puede mejorar mucho si la función farmacéutica se rejerarquiza, y las entidades profesionales se han pronunciado en este sentido”. Urtasun recordó que “la Ley de Farmacia ya decía que los medicamentos deben venderse sólo en farmacias: en 1991, cuando se procuraba desregular todo lo regulado, se autorizó por decreto la venta en kioscos”. En los próximos sesenta días, el Poder Ejecutivo debería promulgar la ley.

Anoche, además, la Cámara de Diputados se disponía a tratar un proyecto de ley de trazabilidad de medicamentos, por el cual “el laboratorio debe incorporar en cada envase un dispositivo que, por medio de su registro informático, permita a distribuidores, droguerías y consumidores verificar la identificación y trazabilidad del producto”.

Sylvestre Begnis precisó que “el ticket de venta en la farmacia contendrá un número que permitirá al comprador, por Internet, verificar que el medicamento sea legítimo”. La norma “permitirá seguir el recorrido de cada producto en toda la cadena de comercialización e identificar inmediatamente medicamentos ilegales”, agregó.

La trazabilidad había sido propuesta por la Asociación Argentina de Farmacéuticos de Hospital (tal como informó Página/12 el 10 de mayo de 2006). Viviana Bernabei –titular de esa entidad– advirtió sin embargo que “el proyecto que está por tratarse en Diputados desestima dos recomendaciones importantes. La primera es que la identificación del producto se efectúe por radiofrecuencia (el método que se usa para impedir robo de productos en librerías y otros establecimientos) y no por métodos menos seguros como el código de barras”.

La segunda condición propuesta por la Asociación de Farmacéuticos de Hospital es “que las tarjetas de identificación sean provistas por la Casa de la Moneda, perteneciente al Estado, lo cual, sumado a la seguridad de la radiofrecuencia, impedirá que existan envases ‘mellizos’. No deberían ser emitidas por un proveedor elegido por los comercializadores mismos”, destacó Bernabei.

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