SOCIEDAD › UNA JUEZA CONSIDERó ILEGAL LA PRIVACIóN DE LIBERTAD DEL HIJO DE UNA DETENIDA
Había nacido en la cárcel. Su madre está detenida. A los cinco años fue derivado a un instituto religioso donde quedó encerrado. El Comité Contra la Tortura presentó un hábeas corpus y una jueza platense consideró que era privación ilegal de libertad.
Matías es un chico de cinco años que fue separado de la Unidad Penal Nº 33 de la localidad de Los Hornos, donde vivía con su madre detenida. Lo internaron en el Hogar Divina Luz, al superar el límite de edad que permite a los niños menores de cuatro años convivir con su mamá en una penitenciaría. Ante esta situación, la jueza de responsabilidad Penal Juvenil Nº 1 platense, Blanca Lasca, hizo lugar al hábeas corpus presentado por el Comité Contra la Tortura, de la Comisión por la Memoria de la provincia de Buenos Aires, y declaró ilegal el alojamiento del niño en el hogar. Según Sofía Caravelos, representante del Comité, la permanencia del chico en el establecimiento “era ilegal porque no fue regulada por ningún órgano competente”. La resolución de la jueza determina la “ilegal privación de la libertad” de Matías y resuelve, entre otras cosas, establecer un régimen de visitas con su madre. Además, dispone que “se verifique la situación irregular de otros 10 niños que viven en el hogar”.
Matías nació en la Unidad Nº 33 de Los Hornos, en el partido de La Plata, con un retraso madurativo, y vivió allí con su mamá, Marta –que se encuentra detenida “en espera de una sentencia firme”–, hasta que cumplió los cinco. Ese fue el tiempo en que el niño pudo permanecer con su madre, debido a que la convivencia de menores con sus progenitoras en unidades del Servicio Penitenciario Bonaerense está permitida hasta los cuatro años. Así, en noviembre de 2008 y con una supuesta autorización de su mamá, Matías fue internado en el Hogar Divina Luz, en la ciudad de Magdalena. Esa cuestión “no está muy clara, porque ella dice que no firmó nada, pero en el acta figura su firma”, informó Caravelos.
Según el Comité Contra la Tortura, es usual que frente a la imposibilidad de la familia de las detenidas de retirar a los niños para pasar unos días en un ámbito distinto de la cárcel, diversas organizaciones no gubernamentales –por lo general de carácter religioso– soliciten autorización a las madres para sacar a los chicos. Al no tener otros recursos, las mujeres acceden a esta posibilidad. Este fue el caso de Matías, que mientras vivía con su mamá en la unidad penitenciaria había sido retirado en diversas oportunidades por la encargada del Hogar Divina Luz, donde finalmente fue internado. Como Matías, “los ocho hijos de Marta se encuentran institucionalizados” en diversos lugares, informó Caravelos.
De esta forma, el Consejo Asistido de la Unidad Nº 33, a partir de la autorización de la madre, aceptó la permanencia del pequeño en el hogar, sin cumplir la ley de Promoción y Protección de los Derechos del Niño Nº 13.298, que determina que para la internación de un menor “deben intervenir órganos competentes como el servicio Local, Zonal –de Promoción y Protección de los Derechos del Niño– y un asesor de menores”. “No cualquiera puede disponer que un niño esté en una situación de privación de la libertad. Y la detención de Matías no estuvo regulada por ningún órgano competente”, afirmó a Página/12 la representante del comité. Así, la jueza Lasca declaró ilegal este procedimiento.
La resolución del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 1 hizo lugar al hábeas corpus presentado por el Comité Contra la Tortura y resolvió, en el caso de Matías, que el servicio Zonal de Promoción y Protección de Derechos del Niño de La Plata intervenga para establecer “un sistema de visitas que garanticen la vinculación fluida con su progenitora, Marta, alojada en la Unidad Penitenciaria Nº 33”. Según Caravelos, el chico, durante este año, si bien mantenía contacto con su madre “lo hacía de manera irregular, de acuerdo a la disponibilidad del hogar”.
Además, para este tipo de procedimientos la jueza ordenó que el Consejo asistido de la Unidad Nº 33 y el servicio Zonal de La Plata deben establecer “mecanismos que garanticen la vinculación familiar de los niños alojados con sus madres en dicha Unidad Penitenciaria, las externaciones y las posteriores visitas con sus madres detenidas”.
Por otra parte, en el hogar “nos encontramos con chicos en la misma situación” que Matías, aseveró Caravelos. Esos 10 niños también son hijos de mujeres detenidas en la Unidad Nº 33 y “estaban allí sin ninguna documentación, legajo ni autorización legal”. Por ello, Lasca también ordenó al servicio Zonal que intervenga en esta situación.
Más allá del caso de Matías, “lo que se busca con esto es que este universo de niños sea atendido por el Estado; que no queden librados al azar ni dentro del servicio penitenciario ni fuera”, afirmó la representante del Comité.
Informe: Rocío Ilama.
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