SOCIEDAD › SI LA NORMA SE APRUEBA, PODRIA REDUCIR LA CONDENA DE ROMINA TEJERINA
Diputados aprobó el proyecto que atenúa las penas para las mujeres que matan a su hijo recién nacido bajo la influencia del puerperio.
Después de más de cuatro horas de debate, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley para restablecer la figura legal de “infanticidio” en el Código Penal, que busca atenuar las condenas para las madres que maten a sus hijos “bajo la influencia del estado puerperal”. La aprobación de la iniciativa, que ahora debe ser tratada por el Senado, podría ser determinante para el caso de Romina Tejerina, condenada a 14 años de prisión por matar a su beba recién nacida, por aplicación de la ley más benigna.
El texto aprobado en la madrugada de ayer incorpora al artículo 81 del Código Penal el siguiente inciso: “Se impondrá prisión de seis meses a tres años a la madre que matare a su hijo durante o luego del nacimiento mientras se encontrare bajo influencia del estado puerperal”.
La norma no precisa la duración de ese período después del parto, por lo que la aplicación de esta figura quedará librada a la interpretación de los jueces. La diputada Diana Conti (Frente para la Victoria), autora del proyecto aprobado, explicó a Página/12 que “la frase durante el nacimiento o luego remite al momento inmediatamente posterior al parto”. “Es así, aunque no les guste a las integrantes de los movimientos feministas”, dijo. Y argumentó: “La mujer que rechaza a su hijo y lo mata bajo ese estado, lo hace en el momento del parto o poco después. No llega siquiera a alimentarlo. Cuando le da la teta ya comienza a aceptarlo”.
En cambio, la diputada Cecilia Merchan (Libres del Sur), que también apoyó el proyecto, afirmó que el puerperio se prolonga “durante cuarenta días después del parto”, aunque admitió que “en la gran mayoría de los casos estos hechos se producen casi instantáneamente” con el nacimiento.
La iniciativa, que recibió media sanción con 170 votos afirmativos, 29 negativos y nueve abstenciones, tiene como antecedente el caso de Romina Tejerina, quien cumple pena de prisión por haber matado a su beba, concebida como consecuencia de una violación.
En el debate se notó un recorte transversal en varios de los bloques: el oficialismo respaldó el dictamen de mayoría, al igual que la diputada Fernanda Gil Lozano, de la Coalición Cívica. En ese dictamen se explica que “el puerperio debe generar un estado de psicosis, parecida a la emoción violenta”, para ser considerado como un atenuante, según explicó Conti. La propuesta toma en cuenta la zona cultural y social de la mujer que atraviesa esa situación. La mayoría de los episodios de infanticidio se registraron en el interior del país.
En tanto, la diputada Patricia Bullrich (también de la Coalición Cívica) firmó un proyecto alternativo con las peronistas federales Natalia Gambaro y Gladys González, que tuvo el apoyo de la cobista Cynthia Hotton. Bullrich cuestionó la propuesta de la mayoría y dijo que “plantea un auténtico permiso para matar”. Reconoció, también, que “es verdad que el infanticidio existía, pero en otras condiciones históricas”.
“En nuestro dictamen se debe entender el estado puerperal como un trastorno de conciencia”, dijo Bullrich, y tomó como ejemplo la normativa española, que establece una pena “de 3 a 8 años” de prisión para este tipo de casos.
Su compañero de bloque, Juan Carlos Vega, en cambio, planteó una opción intermedia que contemplaba las mismas penas que el de mayoría, pero fijaba el período de puerperio en ocho días como máximo, según el derecho penal comparado.
La figura del infanticidio formaba parte del Código Penal hasta 1994, cuando fue eliminada. A partir de entonces, los casos como el de Tejerina en lugar de recibir una pena atenuada son considerados como homicidio agravado por el vínculo, lo que implica una pena de prisión perpetua, y de la única forma en que la Justicia puede dar una escala de penas de entre 8 y 25 años de cárcel es si se comprueba que hubo atenuantes.
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