Mié 12.02.2003

SOCIEDAD

Un fallo contra la Ley de Salud Reproductiva y una controversia

La agencia católica AICA anunció que un fallo judicial suspendió la vigencia de la Ley de Salud Reproductiva en todo el país y quedó firme por falta de apelación del Estado. El Ministerio de Salud, en cambio, asegura que apeló y que la ley se mantiene vigente.

La cruzada contra las leyes de salud reproductiva continúa. Cristina Garzón de Lascano es la jueza federal de Córdoba que años atrás falló en contra de la distribución y venta en el país de la “píldora del día después”. Esta misma jueza ahora acaba de darle lugar a una medida de no innovar que impediría la aplicación en todo el “territorio nacional” del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable. La primicia fue difundida ayer justamente por la Agencia de Noticias Católica (AICA) que consideraba vencidos los plazos del Estado para apelar la medida. Sin embargo, el Ministerio de Salud asegura lo contrario: afirma que los abogados de la Procuración presentaron la apelación minutos antes de que vencieran los plazos judiciales.
Ayer a la tarde, la Agencia AICA se hizo eco de una conferencia de prensa brindada por la fundación católica que promovió una acción de amparo contra la implementación de las leyes de salud reproductiva. De acuerdo con los directivos de la organización conocida como Mujeres por la Vida, a las 7.10 había quedado firme un fallo de la Justicia federal que le prohibía al Ministerio de Salud y Acción Social llevar adelante los aspectos programáticos de la ley.
La autora de aquel fallo es la jueza Garzón de Lascano, que el 11 de diciembre pasado le dio lugar al pedido de inconstitucionalidad planteado por Mujeres por la Vida. Aunque la magistrada aún no se manifestó sobre la cuestión de fondo, con el amparo pretendía detener la implementación del programa a nivel nacional. En ese contexto, el Estado contaba con un plazo para apelar la resolución, que vencía ayer a las 7.10 de la mañana. Para AICA y los integrantes de Mujeres por la Vida, el fallo entró en vigencia porque el Estado no lo apeló, pero en la cartera de Salud las versiones son distintas.
“Nosotros –aseguró uno de los voceros del ministro Ginés González García– presentamos la apelación a las 7.05 de la mañana, si la jueza no le dio lugar no lo sabemos, pero por lo pronto no fuimos notificados.” De acuerdo con esta información, los abogados de la Procuración General del Tesoro, encargados de las gestiones, hicieron la presentación en “tiempo y forma”.
Junto con la apelación, la jueza Lascano recibió otra sorpresa de último momento. En la misma presentación, la Procuración redobló la apuesta: “Con el escrito presentamos un pedido de recusación para la jueza por su intervención en el fallo de la píldora conocida como la del “día después”, indicó Marcelo Duhalde, vocero del ministro. La intervención de la jueza Lascano en aquel caso terminó disparando el sainete judicial que concluyó en marzo de 2002, cuando un fallo de la Corte Suprema de Justicia prohibió la píldora, pero con un nombre equivocado, por lo que no tuvo ningún efecto. En aquel caso, Garzón de Lascano recibió el caso de parte de otra organización católica cordobesa, llamada Portal de Belén que buscaba una acción de amparo para que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología prohibiera la venta del Inmediat, el anticonceptivo de emergencia. En aquel momento, la magistrada le dio lugar al amparo, al que se sumaron después dos apelaciones, la decisión de una Cámara y finalmente el fallo de Corte.
En esta nueva embestida, el fallo tendría la capacidad para impedirle al Estado Nacional que utilice los 880 millones de pesos previstos para la compra y distribución de los anticonceptivos en el interior del país. Así lo aseguraron ayer los voceros de la organización promotora de la medida. “Este derroche de dinero resulta particularmente cínico –decía el abogado de Mujeres por la Vida, Jorge Scala– cuando no dejan de morir chicos por desnutrición; el sistema sanitario público está desmantelado y sin medicamentos para las personas carecientes.” Para la Fundación, la medida es la primera victoria sobre la demanda que plantea la inconstitucionalidad del programa, una inconstitucionalidad fundada entre otros aspectos “en la incorporación de fármacos que deberían ser considerados abortivos”.
Pero el ministerio está dispuesto a seguir adelante con la batalla: el vocero le aseguró a Página/12 que desde existe la decisión política de impulsar todas las medidas judiciales necesarias para el desarrollo del Programa porque lo consideran indispensable.

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