SOCIEDAD
Contundente fallo a favor de la salud reproductiva
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba dejó sin efecto el amparo contra el Programa de Salud Sexual y cuestionó duramente la actuación de la jueza Cristina Garzón de Lascano.
› Por Mariana Carbajal
“En veinte días más habrá anticonceptivos para todos en las unidades sanitarias de todo el país”. Lo anunció ayer a Página/12 el ministro de Salud, Ginés González García, después de escuchar en la misma sala del tribunal, el fallo unánime de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba que dejó sin efecto el amparo que había frenado la implementación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable a pedido de una ONG. El tribunal cuestionó con dureza la actuación de la jueza federal de primera instancia Cristina Garzón de Lascano y consideró que incurrió en un “grave error” y se “excedió en sus facultades” al suspender la aplicación de una ley nacional, de amplio consenso, sancionada por el Congreso. “Resulta claro que ni una asociación civil ni un juez de la Nación pueden atribuirse potestades para decidir por encima de los sujetos destinatarios de la ley, individualmente considerados y más allá de sus propias conciencias o libertades individuales”, advirtieron los camaristas.
“Triunfó la justicia”, celebró el ministro, que se trasladó especialmente a la capital cordobesa para estar presente en la audiencia en la que se leyó la sentencia. “El fallo no sólo nos permite continuar con el programa, sino que establece claramente que el Poder Judicial no puede meterse con leyes que tengan tanto consenso, y que por defender el derecho de unas pocas, una entidad no puede afectar el derecho de la mayoría”, destacó el ministro en diálogo con Página/12.
“Es un fallo memorable. Las organizaciones de mujeres y jóvenes que trabajamos en la defensa de los derechos sexuales y reproductivos de hombres y mujeres desde hace años, creemos que se hizo justicia”, coincidió la médica epidemióloga Mabel Bianco, directora de la Fundación para Estudios e Investigación de la Mujer (FEIM).
La Sala A, que preside Ignacio Vélez Funes, se expidió en relación a la apelación presentada por el Ministerio de Salud frente al amparo que trabó el 11 de febrero la puesta en marcha del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, creado por la Ley 25.673, sancionada a fines de octubre por el Congreso tras cuatro años de ruidosa polémica. Los jueces, señaló el tribunal, no pueden invadir “la esfera de actuación de los restantes poderes del Estado Nacional”. Por haberlo hecho, al suspender la aplicación de esa ley, la jueza Garzón de Lascano cometió “un abuso jurisdiccional con gravedad institucional”, evaluaron los camaristas.
La medida cautelar había sido pedida por la filial cordobesa de Mujeres por la Vida, una asociación civil que comulga con la posición de los sectores católicos más retrógrados. En los fundamentos de la sentencia, el tribunal recordó que “la Iglesia Católica fue escuchada antes del debate parlamentario en el Congreso y por ello se incluyeron modificaciones en el proyecto de ley originario”. La entidad había solicitado que la Ley 25.673 fuera declarada inconstitucional porque permite la entrega de fármacos que “deberían ser considerados abortivos”, habilita la “distribución masiva e indiscriminada de elementos dañinos para la salud de las mujeres, para evitar algo que no es una enfermedad”, e ingresa en una competencia “exclusiva de los padres”, como “la educación y la provisión de servicios en materia de sexualidad”. La presentación de la asociación civil cordobesa fue repudiada por decenas de organizaciones de mujeres y de derechos humanos de distintos puntos del país.
El fallo conocido ayer dejó sin efecto el amparo “por su gravedad institucional y el estrépito público que había oportunamente provocado”, ratificó la “constitucionalidad de la Ley 25.673” y ordenó archivar las actuaciones y pagar las costas a la ONG.
Garzón de Lascano es la misma jueza que falló en contra de la venta en el país de la llamada “píldora del día después”, en una causa que concluyó en marzo de 2002 cuando la Corte Suprema de Justicia prohibió laspastillas pero con un nombre comercial equivocado, por lo que finalmente no tuvo ningún efecto.
No obstante el revés judicial, Mujeres por la Vida, no descartó realizar una nueva presentación en la Justicia, una vez que el Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable entre en funcionamiento. Según interpretaron sus voceros, la Cámara de Apelaciones “tenía que resolver sobre la impugnación que había presentado el ministerio y no sobre la cuestión de fondo, que tenía que ser resuelta por Garzón de Lascano”.
El Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable fue elaborado por el Ministerio de Salud y cuenta con la aprobación de múltiples asociaciones médicas y organizaciones del movimiento de mujeres. Garantiza el acceso a la anticoncepción a toda la población y apunta a reducir la mortalidad materno infantil, el embarazo adolescente y el contagio de enfermedades de transmisión sexual como el vih/sida. Su puesta en marcha, prevista para los últimas semanas, fue frenada por este proceso judicial. Pero el ministerio siguió adelante con la compra de distintos contraceptivos (DIU, preservativos, hormonales, inyectables) por un valor de 10 millones de pesos –equivalente al volumen de la venta de un año del mercado nacional– los que estarán disponibles en todos las unidades sanitarias del país en veinte días, según adelantó ayer el ministro González García. “Hoy (por ayer) –agregó– es un buen día porque se ha reparado lo que hubiera sido una injusticia muy grande y una discriminación terrible en contra de las mujeres jóvenes y las pobres de la Argentina”.