SOCIEDAD › LA CáMARA CIVIL CONSIDERó QUE EL INTERCAMBIO DE MAILS ERóTICOS NO IMPLICA ADULTERIO
El hombre había pedido el divorcio y la ex esposa contraatacó con una demanda por adulterio. En primera instancia dieron la razón al hombre. La mujer apeló, pero la Cámara consideró que la infidelidad virtual no alcanza para ser considerada como prueba.
La Cámara Civil confirmó ayer el fallo de un tribunal inferior que, en un intricado juicio de divorcio, desechó como prueba de adulterio una serie de llamadas y mails y estimó que “la infidelidad virtual” no implica un acto sexual “en tanto no pase a 3D”. El divorcio fue pedido por el hombre, mencionado como “V” en el texto judicial, y presentó causal objetiva: la separación de hecho sin voluntad de unirse por más de tres años. Su ahora ex esposa, “P”, lo contrademandó por adulterio e injurias graves y, aunque presentó llamadas telefónicas y pasajes a Centroamérica, estas pruebas fueron descartadas porque no tienen “la precisión necesaria”. Tampoco pudo probar la infidelidad porque esas comunicaciones ocurrieron tres años después de la separación de hecho. Y, como se sabe, la comunicación no es 3D.
La escalada judicial resuelta a mediados de septiembre por la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil contiene varios elementos aportados por P en la contrademanda. Nada menos que su hermana, según consta en escrito, “reconoció haber tenido relaciones con (su cuñado) en dos oportunidades, durante el verano de 1989”. La relación continuó pero, según ella informó a través de su representante legal, “sólo hubo una espera, un perdón humano que jamás pasó a ser una reconciliación o perdón jurídico”.
Los camaristas Mabel De Los Santos y Fernando Posse Saguier desestimaron este último punto, señalando que sí hubo reconciliación tácita en la pareja: viajaron dos veces a Brasil, entre 1990 y 1993, y un año después se mudaron a un departamento nuevo “que la propia mujer reformó y redecoró”. P insistió en que su marido cometió luego otros adulterios y presentó testigos que lo sabían “de oídas” o por “comentarios” de oficina.
Y entonces aparecieron los mails “de matiz amoroso y por momentos eróticos”, según los camaristas. Pero es aquí donde comenzaron a tallar las 3D o su ausencia. El juez de primera instancia consignó en su fallo que “no basta con el intercambio de palabras o mensajes cargados de erotismo y de fantasías entre los dos polos de comunicación de la red pues la infidelidad virtual, en tanto no pase a 3D, no llega a consumar el encuentro carnal que configuraría el delito”. La respuesta de P fue tajante: “La relación no es platónica o cibernética, sino real y carnal”. Su ex marido aseguró que nunca conoció personalmente a la destinataria, ni siquiera en 1D.
“Para probar el adulterio hacen falta pruebas muy fuertes del acto sexual, como fotos o videos, o un hijo extramatrimonial. En el caso de la infidelidad es distinto. La infidelidad es todo lo que rodea al adulterio y un mail podría probarla”, señaló a este diario Silvia Marchioli, abogada especializada en derecho de familia. Sin embargo, los mails, las llamadas y el viaje a Centroamérica, donde vive la supuesta amante, ocurrieron durante la separación de hecho de esta pareja, que continuó viviendo bajo el mismo techo, aunque en camas separadas.
P negó que esa separación existiera al principio de la causa, lo que habría servido para motorizar la infidelidad, dentro de la figura de “injurias graves”. Luego, en una entrevista con una perito psicóloga se desmintió. Por este motivo, los camaristas optaron por establecer que las causales del divorcio son objetivas, de común acuerdo, y no subjetivas, como planteó P, aunque se admitieron los agravios que habría recibido la mujer, que no fueron detallados en el escrito.
“Las razones del desamor también son misteriosamente diversas y no responden a una sola concepción moral. Cuando el amor no es más fuerte, se extingue el vínculo matrimonial sin que existan culpables o inocentes”, afirmaron los jueces. En esa línea, los magistrados concluyeron que “estamos ante dos personas que han dejado de amarse y tienen derecho a construir una nueva vida con un significado distinto”, y decretaron, por responsabilidad de ambos, el clásico divorcio con una sola D.
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