SOCIEDAD › PARA LA CONSULTA GINECOLóGICA EN EL HOSPITAL RIVADAVIA SE EXIGE CONFESAR COSTUMBRES íNTIMAS
Una paciente del servicio de ginecología del hospital porteño reveló que deben llenar un formulario en el que se pregunta desde qué religión profesa, si tiene satisfacción y orgasmo durante la relación y si realiza coito anal.
› Por Mariana Carbajal
¿Profesa alguna religión? ¿Cuál? ¿Tiene deseo de tener relaciones sexuales? ¿Cuántas veces por semana tiene relaciones sexuales? ¿Tiene satisfacción u orgasmo con la relación? ¿Realiza coito anal? Estas son algunas de las preguntas que deben contestar por escrito, dejando asentado su nombre y apellido y su DNI, las mujeres que van a atenderse al servicio de ginecología del Hospital Rivadavia, de la Ciudad de Buenos Aires. ¿Son pertinentes o invaden la intimidad de las pacientes? La Defensoría del Pueblo de la Ciudad abrió una actuación a partir de una consulta de Página/12. El caso fue derivado al Centro de Protección de Datos Personales del organismo, que encabeza Eduardo Peduto. En el gobierno porteño sostienen que es parte de la indagación propia de la consulta médica “para una mejor compresión del paciente” y que “como toda historia clínica, ésta queda amparada bajo los regímenes de confidencialidad y secreto profesional”. Para Peduto, preguntas sobre la religión o la práctica de sexo anal son “totalmente impertinentes”.
El cuestionario tiene 4 páginas. Cada paciente que se acerca a la sección reproducción, del servicio de ginecología, recibe de parte de un médico o médica una copia para completar, donde debe anotar su nombre y apellido y al final, firmar y anotar su DNI. En la primera carilla se aclaran algunos aspectos de su contenido: “Este cuestionario contiene información privada y formará parte de la historia clínica, por lo que toda la información que Ud. informe tiene un gran valor médico legal, y tendrá repercusión en su terapéutica. Ud. debe entregárselo solo al médico (N.de R.: el subrayado está en el original), al ingresar al consultorio”. Recién en la última carilla, al final de las múltiples preguntas que se formulan, en letra mayúscula y también subrayado aparece la siguiente leyenda: “No firme este formulario si no lo leyó, si no entendió algo de él o si no está de acuerdo con lo que aquí dice”.
Este diario tomó conocimiento de su existencia a partir de una lectora, que fue a atenderse al servicio de ginecología por un mioma o tumor benigno en el útero, que le producía hemorragias. Una médica le suministró el cuestionario. “Me fastidié por el tenor de las preguntas”, contó la mujer a este diario. Prefirió llevárselo a su casa, completarlo allí y entregarlo al regresar a la consulta. La médica, contó, le insistió que tenía que responderlo. “Me sentí avasallada, y me pregunto quién controla la confidencialidad y secreto profesional. Preguntan sobre religión y vida sexual y hay que firmar y poner el DNI. Son datos sensibles y garantía constitucional hábeas data. Cuando podía atenderme en forma privada jamás me hicieron firmar un cuestionario, se conversa con el profesional en la intimidad del consultorio”, señaló la mujer.
A la consulta en el Centro de Protección de Datos Personales de la Defensoría, se abrió un expediente sobre la incumbencia de algunas preguntas. Desde allí elevaron una nota al gobierno porteño para averiguar sobre los fundamentos del cuestionario. El jefe del Departamento Materno Infantil del Hospital Rivadavia, Enrique P. Bagnati, explicó que “se recaudan estos datos personales” para “una mejor comprensión del paciente, donde se incluyen aspectos de la vida sexual que obviamente repercuten sobre la fertilidad”. Además, aclaró que “como toda historia clínica, ésta queda amparada bajo los regímenes de confidencialidad y secreto profesional, siendo numeradas y archivadas en el servicio de ginecología”. “Si bien se puede argumentar que el contenido del formulario se inscribe en el marco del secreto profesional –dijo Peduto–, entendemos que tal obligación no habilita a formular cualquier requerimiento a quien los consulta, toda vez que la Ley 1845, de Protección de Datos Personales, exige en su artículo 6º que: “Los datos personales que se recojan a los efectos de su tratamiento deben ser ciertos, adecuados, pertinentes y no excesivos en relación al ámbito y finalidad para los que se hubieren obtenido”. Desde el Centro de Protección de Datos Personales de la Defensoría consultaron al Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable de la Ciudad y concluyeron que al menos “hay dos preguntas que parecen totalmente impertinentes: una, la religión que profesa la consultante, y otra, si practica sexo anal”, dijo Peduto. “Asimismo hay otro ítem que roza la impertinencia porque, a priori, no surge con claridad el dato científico buscado cuando se le requiere a la consultante manifieste si tiene satisfacción u orgasmo en la relación”, agregó el funcionario.
Peduto hizo otras observaciones: “Se parte de una rémora cultural al requerírsele nombre y apellido de la esposa y del esposo ignorando a las numerosas parejas de convivientes con vocación de tener descendencia e, incluso, dejando de lado la ley de unión civil vigente en la Ciudad. Asimismo, al final se le requiere firma, aclaración de firma y DNI como si estos datos solicitados fueran procedentes al efecto de la consulta médica”.
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