SOCIEDAD › EXCARCELAN A RODRIGO BARRIOS HASTA QUE LA SENTENCIA QUEDE FIRME
El boxeador había quedado detenido cuando el tribunal lo condenó a cuatro años de prisión por la muerte de Yamila González en Mar del Plata. Ahora, la Cámara Penal consideró que mantenerlo preso es “infundado y desproporcionado”.
La Cámara Penal de Mar del Plata consideró “infundado y desproporcionado” el encarcelamiento preventivo impuesto al boxeador Rodrigo “La Hiena” Barrios y ordenó su excarcelación, a dos semanas de que éste recibiera una condena de cuatro años por el choque en el que falleció Yamila González. El monto de la pena en expectativa, recordaron los camaristas de la Sala III, “no puede admitirse como causal de privación de la libertad del imputado”, tal como viene sosteniendo el Tribunal de Casación de la provincia. “No hay peligro de fuga”, advierte el fallo, por lo que Barrios puede permanecer en libertad hasta que quede firme la sentencia. El ministro del Interior, Florencio Randazzo, instruyó a la Agencia de Seguridad Vial a pedir ante la Justicia “la inhabilitación para conducir a La Hiena hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”.
Tras recibir la sentencia, el 4 de abril pasado, la defensora oficial del boxeador hizo un pedido de excarcelación ordinaria. “Era inapropiado mantenerlo detenido, ya que siempre estuvo a derecho, siempre pidió autorización para cada viaje o cada ausencia, y sobre todo estuvo presente en el juicio al que llegó por un homicidio simple, cuya expectativa de pena alcanzaba los 25 años”, explicó ayer Carla Aguad. Mientras tanto, La Hiena pasó los primeros siete días en el Penal de Batán y los diez restantes en la Cárcel de Campana, desde donde recuperará su libertad.
Antes deberá depositar una caución de 200 mil pesos, fijar domicilio en la provincia y no ausentarse del ese territorio por más de 24 horas, sin autorización previa “y comparecer una vez al día a la comisaría de la jurisdicción”, ordenaron los camaristas Juan Manuel Fernández Daguerre, Raúl Alberto Paolini y Pablo Martín Poggetto. Son las mismas condiciones que venía cumpliendo el boxeador antes de recibir la condena del Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de Mar del Plata por “homicidio y lesiones culposas”, tras el siniestro ocurrido el 24 de enero de 2010.
Para los camaristas, las razones invocadas para disponer la detención preventiva de La Hiena “carecen de sustento legal”. Los argumentos esgrimidos eran varios: haber huido de la escena del incidente, las declaraciones públicas en las que afirmó su deseo de irse a vivir al exterior del país, entorpecer el proceso mediante amenazas a testigos como las que denunció el boxeador Jorge Castro y la expectativa del monto de la pena impuesta. Los jueces descartaron cada una de estas justificaciones.
En el fallo se consideró que si bien es “repudiable desde lo personal” la huida del boxeador tras el choque en cadena, en la esquina de avenida Independencia y Ayacucho de Mar del Plata, luego “voluntariamente se presentó a la sede policial, concurrió a cada diligencia judicial en que fue citado, a la dependencia policial de su domicilio, a las pericias, al debate oral más de un año después de acaecido el suceso y a la lectura del veredicto y sentencia, a sabiendas ya de los pedidos de pena de prisión en su contra”. La fiscalía había solicitado tres años y medio; la querella, doce.
Los integrantes de la Sala III recordaron que el mismo tribunal que lo condenó le había otorgado un permiso en julio de 2011 para viajar a Estados Unidos, cuando ya figuraban en la causa las declaraciones periodísticas de La Hiena, sobre sus ganas de radicarse en el exterior. Al referir el peligro de entorpecimiento del proceso, los jueces del Tribunal Oral marplatense tuvieron en cuenta que Castro aseguró que La Hiena lo llamó y le dijo: “Fijate lo que vas a declarar”. “Castro no fue testigo del hecho que involucró a Barrios”, objetaron los camaristas.
“Tanto es así, que sus dichos (los de Castro) no fueron relevados por el Tribunal como elemento cargoso a la hora de dictar la sentencia condenatoria”, agregaron en su fallo excarcelatorio. Por último, los camaristas se refirieron a la supuesta conveniencia de la prisión preventiva por el monto de la pena en expectativa. “La calificación de homicidio culposo adoptada por el tribunal de juicio respecto del hecho en consonancia con lo solicitado por el Ministerio Fiscal permite en abstracto la imposición de una pena de ejecución condicional como así también la excarcelación ordinaria”, retrucaron.
Por su parte, ayer el Comité Consultivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial expresó su repudio al fallo. “Sensibles al reclamo de justicia de la familia de Yamila González manifestamos nuestra más firme protesta ante la excarcelación de Rodrigo ‘La Hiena’ Barrios decidida por la Cámara Penal de Mar del Plata”, afirmaron. Randazzo, de quien depende la Agencia, adelantó que reclamará a la Justicia “que lo inhabilite hasta que se decida la cuestión de fondo porque entendemos que es perjudicial para la seguridad vial”.
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