La Cámara de Diputados dio media sanción ayer a un proyecto de ley que establece que los donantes de sangre no deberán ser sometidos a preguntas “lesivas del derecho a la diversidad sexual”, entre otras cuestiones, al momento de ser habilitados para donar. La iniciativa modifica el artículo 45 de la Ley de donación de sangre 22.990 y determina que los donantes deben someterse “obligatoriamente” a un examen e interrogatorio “sobre toda enfermedad o afección padecida o presente”, con carácter de declaración jurada. El texto expresa que “en ningún caso las preguntas podrán ser lesivas del derecho a la diversidad sexual ni referirse a la orientación sexual del donante o al género de las personas con las que éste ha mantenido o mantiene relaciones sexuales”. La norma avala además que sea “verificado el estado de salud normal (del donante) mediante el examen clínico-biológico que permita descartar la existencia de alguna de las patologías que lo excluyen para donar”. César Cigliutti, titular de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), dijo: “De ninguna manera la pregunta (al donante) por su orientación sexual puede ser un dato que dé alguna garantía” al que recibe la sangre.
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