SOCIEDAD › EL GOBERNADOR DE SALTA CONMUTó LA PENA A UNA MUJER POR EL SUPUESTO CRIMEN DE SU MARIDO
La mujer y su padre fueron condenados por haber asesinado supuestamente a la pareja de ella. El fallo se basó en prejuicios machistas. El caso llegó a la Comisión Interamericana de DD.HH. Ahora, Urtubey les conmutó la pena como parte de un “acuerdo amistoso” con ese tribunal.
› Por Mariana Carbajal
Sandra Chaves tiene 46 años. Pasó los últimos 14 presa en la Unidad Carcelaria N° 4 de Mujeres de Salta, tras ser condenada por un tribunal de esa provincia a prisión perpetua por el supuesto asesinato de su marido. El fallo estuvo cargado de prejuicios, estereotipos de género y miradas sexistas. En el juicio también se aplicó la misma pena a su padre, Marcos Chaves. Los dos siempre sostuvieron su inocencia. La sentencia se basó en indicios más que en pruebas objetivas. Los jueces salteños llegaron a indagar sobre el color y la forma de la ropa interior de la mujer, sus preferencias y hábitos sexuales, y se refirieron a ella como “una viuda alegre”, para concluir con su supuesta culpabilidad en el crimen. Ayer, Sandra y su padre, de 72 años, recuperaron la libertad, luego de que el gobernador Juan Manuel Urtubey les conmutara la pena, como parte de un “acuerdo amistoso”, firmado el lunes, después de que el caso llegara a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por las múltiples violaciones de los derechos sufridas por la hija y el padre, durante el proceso judicial. El gobierno salteño se comprometió, además, a promover programas y cursos permanentes de capacitación sobre perspectiva de género y la prohibición de discriminación en la administración de justicia, según informó la Defensoría General de la Nación.
La defensora general, Stella Maris Martínez, viajó a Salta y se encargó de comunicarles la noticia de la conmutación de la pena a Sandra y a su padre. Martínez representa a ambos en la demanda presentada ante la CIDH contra el Estado argentino y firmó la “solución amistosa” con funcionarios del gobierno de Urtubey.
Marcos Chaves cumplía prisión domiciliaria desde 2012. Ayer, Sandra pudo abrazar nuevamente en su hogar a sus hijos, de 27 y 29 años, tras dejar la cárcel. Ella y su padre fueron condenados el 8 de junio de 2001 a prisión perpetua, por la supuesta participación y comisión, respectivamente, del delito de homicidio calificado con alevosía y por el vínculo, del esposo de Sandra, José Antonio González, ocurrido en 1995. Los familiares de Sandra y de Marcos llevaron en 2003 el caso a la CIDH y la Defensoría se sumó como copeticionante. En la denuncia se sostuvo que durante el proceso judicial se habían violado distintos artículos de la Convención Interamericana de Derechos Humanos y otros tratados de derechos humanos. Entre otros, se denunció que no se había garantizado su derecho a una revisión de la condena por un tribunal superior, dado que tanto la Corte salteña como el máximo tribunal del país rechazaron los recursos interpuestos a su favor, por cuestiones meramente formales.
La CIDH admitió la petición en 2009 y a comienzos de este año el caso se debatió en una audiencia pública en Washington, en la que participaron la defensora general de la Nación y la ministra de Justicia de Salta, Cintia Calletti, en nombre del Estado argentino. Calletti propuso la “solución amistosa”.
En el acuerdo, el gobierno de Salta se comprometió a brindar una serie de medidas a la mujer, a su padre y a sus hijos, como asistencia médica y psicológica, facilitarles los medios para que puedan recibir educación hasta la conclusión de sus estudios superiores técnicos o universitarios y a adoptar medidas efectivas de reinserción, particularmente en el ámbito laboral, para Sandra.
González fue asesinado en la vivienda que compartía con Sandra y sus hijos, en la ciudad de Salta, en 1995. Trabajaba en la carnicería de su suegro. Marcos Chaves tenía además varios autos que explotaba como remises. “Una madrugada alguien ingresa a la casa y le da dos disparos a González. El arma nunca fue encontrada ni se sabe cuál se usó para matarlo. No hay prueba concreta de que el padre haya estado en el lugar del hecho ni hubo ninguna evidencia de que ingresó a la casa donde ocurrió la muerte. La sentencia fue muy mala, se basó en prejuicios y estereotipos de género. Los jueces, por ejemplo, evaluaron que Sandra no tenía la actitud esperable en una viuda, llegan a hablar en la sentencia de ‘viuda alegre’ y de su supuesta ‘frialdad’”, recordó a Página/12 Gustavo Iglesias, coordinador de la Comisión de Derechos Humanos de la Defensoría General de la Nación. Iglesias acompañó a Martínez a Salta. A Sandra se le imputó haberle abierto la puerta al asesino. Los jueces le cuestionaron a la mujer haber participado de una despedida de soltera de una pariente días después de la muerte de su esposo, y así construyeron su supuesta culpabilidad en el crimen, agregó Iglesias. “En el juicio se discutió, entre otras cuestiones, si ella tenía un amante y para probarlo se habló de las marcas que tiene en su cuerpo y el color de la ropa interior que usaba”, apuntó.
La Defensoría sostuvo que los jueces salteños violaron el debido proceso y la presunción de inocencia de los acusados, al emitir la sentencia condenatoria en base a pruebas indiciarias, sin haber tenido ninguna prueba firme de lo sucedido, habiendo hecho uso de transgresiones a la vida privada de Sandra y sin tomar en cuenta los testimonios de los hijos del matrimonio, que estaban en el lugar donde ocurrió el crimen de su padre. “Los chicos declararon en el juicio y afirmaron que ellos estaban con su mamá cuando escucharon los dos disparos, es decir, Sandra no pudo haber disparado. Uno de ellos dijo que vio una sombra ingresar a la casa. Pero los jueces descalificaron los dichos de los hijos bajo el argumento de que ‘los niños viven en un mundo de fantasías y ven una realidad distinta de la de los adultos’”, señaló Iglesias. También se cuestionó que los magistrados hayan construido la supuesta culpabilidad de la joven en base a sus hábitos alimentarios: el tribunal sostuvo que por padecer anorexia nerviosa, Sandra tenía una natural inclinación a cometer homicidios o lesiones gravísimas.
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