SOCIEDAD › ABSOLVIERON A UN ACUSADO DE HOMICIDIO EN UN FALLO CUESTIONADO POR IRREGULAR
En Neuquén, el fiscal cuestionó la decisión porque el jurado no deliberó en una misma sesión, como marca la ley: sus integrantes se fueron a su casa y resolvieron al día siguiente. El sistema de jurados rige desde enero.
Por primera vez, un juicio por jurados encendió una polémica. Ocurrió en Neuquén, donde un jurado popular declaró “no culpable” a un hombre acusado de haber asesinado de dos tiros en la nuca a una joven, en un frigorífico de la capital provincial, el año pasado. Pero la fiscalía solicitará la nulidad del juicio, ya que los integrantes del jurado no deliberaron en forma continua, como lo marca la ley: el juez permitió que se retiraran, el miércoles a la noche, y volvieran al día siguiente para continuar con la deliberación. Se trata del primer fallo absolutorio que se dicta en la provincia tras la instauración del juicio por jurados, en enero. El acusado fue puesto de inmediato en libertad.
El jurado adoptó la decisión después de deliberar durante siete horas, pero en forma discontinua, entre la tarde del miércoles y la mañana de ayer. Al mediodía, dio a conocer el veredicto de “no culpabilidad” de Valerio Andrés Faría, de 36 años, acusado por el crimen de Ailín García, de 21.
El juez Marcelo Muñoz, que presidió el debate, ordenó la libertad de Faría, en tanto el fiscal general, José Gerez, anunció que pedirá la nulidad del juicio porque la deliberación del jurado, que debe ser continua y secreta, fue interrumpida.
Gerez afirmó que “se violaron los principios y las reglas de deliberación del jurado popular” y recordó que “el Código Procesal Penal establece los principios de la deliberación en el artículo 206, el cual sostiene que ésta debe ser secreta y continua y que sólo podrá suspenderse en caso de enfermedad grave de uno de los jurados”.
Agregó que “el juez profesional que dirigió la audiencia, al momento de tomar la decisión de hacer un cuarto intermedio y de liberar a los jurados hasta el día siguiente, quebró dos principios: por un lado, que la deliberación debe ser secreta, ya que el cuarto intermedio posibilitó que los doce miembros del jurado tomaran contacto con terceras personas al irse del ámbito en el que estaban, y por otro lado, el de continuidad de la deliberación, ya que fue interrumpida por el cuarto intermedio”.
El fiscal explicó que “el Código Procesal Penal y el sistema de juicios por jurados intentan con estos dos principios resguardar la decisión de los miembros del jurado de la influencia que puedan tener de terceras personas, sea por propia iniciativa o bien de estas terceras personas”.
“Así, lo que se busca es que el veredicto sea un acto genuino y personal de la voluntad de los miembros del jurado que participaron del juicio”, agregó. Aclaró que “no se pone en tela de juicio la voluntad popular, sino la forma en que se conformó”.
El nuevo Código Procesal Penal entró en vigencia en Neuquén en enero de este año con la creación de órganos como el juicio por jurado para delitos graves cuyas penas sean de 15 o más años de prisión.
El hecho que se juzgó hasta ayer ocurrió el 17 de enero de 2013, cuando la joven fue encontrada asesinada de dos tiros en la nuca y las manos atadas con una soga en el primer piso de la oficina del frigorífico de su familia, ubicado en Libertad y Lisandro de la Torre, en la ciudad de Neuquén. Ailín se desempeñaba allí como encargada de la administración del comercio. En el lugar no robaron nada, ni siquiera su celular.
La hipótesis que sostuvo el fiscal Pablo Vignaroli durante el juicio da cuenta de que el acusado mató a la joven porque ésta lo había despedido por participar en un autorrobo. Una de las pruebas en el juicio fueron los mensajes de texto amenazantes que la joven recibió en los días anteriores al crimen.
Además, la chica les había dicho a sus amigos que si algo le sucedía tenían que sospechar del ex empleado, que había trabajado veinte años en el frigorífico. Además, el ADN de Faría fue hallado en la soga con la que habían atado a la víctima.
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