Jue 04.09.2014

SOCIEDAD  › MACRI FIJO UN GRAVAMEN A LAS COMPRAS POR INTERNET DE LOS SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO AUDIOVISUAL

Impuesto porteño a la descarga online

Desde el 1º de noviembre, los porteños pagarán un 3 por ciento extra a todas las compras o alquiler de películas, música, videos o juegos que se bajen a través de la web. El llamado “impuesto Netflix” generó una ola de críticas. También lo cuestionó la Presidenta.

La peli en Netflix. El jueguito en el celular. Los del Facebook. Los videos de YouTube. La música de Spotify. Desde el 1º de noviembre, para hacer ese tipo de compras on line habrá que pagar impuesto en la ciudad que gobierna Mauricio Macri: toda adquisición o alquiler por Internet de películas, música, juegos o videos tendrá un gravamen del 3 por ciento extra de cada operación. Los agentes de retención serán las tarjetas de crédito o débito con las que se haga la transacción. La nueva alícuota sólo afectará a empresas extranjeras. La polémica ya está abierta. Por ahora, no paga impuestos.

La presidenta Cristina Kirchner también intervino en el debate: durante un acto en el Salón Mujeres del Bicentenario, en Casa de Gobierno, consideró “injusta” la decisión y sugirió a Mauricio Macri que “reconsidere” la medida. “¿Por qué meterse con esto? Me parece injusto, justo él que dice que no cree en los impuestos; yo diría que reconsideren este impuesto al porteño”, declaró.

De acuerdo con la resolución 593, publicada en el Boletín Oficial porteño, el ente recaudador porteño (la AGIP) aplicará el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a todos los servicios de suscripción on line. “Corresponde establecer un Régimen de Retención a través de las Entidades Emisoras de Tarjetas de Crédito, Débito y Compra para que actúen como agentes de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuando intervienen en la contratación de servicios de suscripción online con acceso a películas, TV y otros tipos de entretenimiento audiovisual (“películas y series”) que se transmiten por Internet a televisores, computadoras y otros dispositivos conectados a Internet”, explica la AGIP en el texto de la normativa.

En sus considerandos, la resolución señala que “lo que llaman revolución virtual implica redefinir en el ámbito del derecho las nociones tradicionales de jurisdicción, competencia, validez espacial y temporal, llevando a redefinir el rol del Estado”; y añade que corresponde prever que las transacciones que se realizan a través del comercio electrónico “no socaven la capacidad del Estado para recaudar los ingresos públicos vía tributación”.

La Resolución 593 establece que la alícuota se aplicará para las compras al exterior, con lo cual el flamante servicio Cablevisión Play, lanzado el 25 de agosto por la empresa que controla el Grupo Clarín, no será alcanzado. Play es una plataforma web que permite a los clientes de Cablevisión o Fibertel el acceso a “películas, series eventos deportivos, desde una PC, smartphone o tablet”, según explica la presentación de ese servicio.

Otro de los servicios que quedaría exento es On Video, una plataforma de la empresa Telefónica que ofrece, por una suscripción mensual, acceso a más de 7 mil títulos de contenidos audiovisuales.

Existen otras alternativas locales para acceso a contenido de películas o videos a través de Internet, como Versi o Qubit, que también evitarían el impuesto.

La resolución fue publicada el martes en el Boletín Oficial de la Ciudad, pero ayer las principales empresas de servicios de Internet, Facebook y Google, aseguraron no haber sido informadas del llamado “impuesto Netflix”. Google, por la cantidad de servicios de “entretenimiento audiovisual” que ofrece, sería una de las principales empresas perjudicadas. Una postura similar sostuvieron desde Facebook y Spotify, el servicio de streaming de música. “No tenemos comentarios por ahora, ni de Facebook ni de Spotify”, aseguró María Martín, directora de cuenta de Jeffrey Group, responsable de prensa en Argentina de las dos empresas. Martín sostuvo que no conocen antecedentes similares de la legislación impuesta por Macri y destacó que se enteraron de la resolución durante la mañana de ayer a través de la difusión periodística.

En cambio, la plataforma de música Spotify se apresuró a informar que no modificará el costo del servicio para el usuario. Así lo confirmó un directivo de Je-ffrey Group, la compañía que realiza tareas de relaciones públicas y comunicación para Spotify en Argentina.

El presidente de la Asociación de Defensa de los Derechos de Usuarios y Consumidores (Adduc), Osvaldo Bassano, consideró que si la retención encarece el servicio, “debería ser eliminada”. Si los consumidores de la ciudad de Buenos Aires ven reflejado el incremento en sus facturas, “vamos a hacer un reclamo inmediato porque se estaría violando la Ley de Defensa al Consumidor”, consideró. Esta retención “no debería establecerla una jurisdicción, ya que es un tema de comunicaciones internacionales” que debe resolverlo el país, sostuvo, y añadió que los porteños “van a terminar pagando más por el mismo servicio” que los habitantes de otras provincias. “Es una decisión cuya constitucionalidad es para discutir”, concluyó.

En esa línea, el fundador y representante legal de Consumidores Libres, Héctor Polino, anticipó que presentará una medida cautelar, por considerar que es una resolución que sólo le “corresponde al Congreso de la Nación”. Según el dirigente, “es el Congreso Nacional el único facultado por la Constitución para crear nuevos impuestos”. Polino dijo que el Gobierno de la Ciudad “no puede crear un impuesto que excede los límites de Buenos Aires” y amplió el concepto al considerar que es difícil y difusa como prueba de radicación que sean las tarjetas de débito y de compra o crédito las que se conviertan en agentes de retención.

Para el coordinador general del Sistema Argentino de Televisión Digital (TDA), Osvaldo Nemirovsci, el impuesto es “confuso, extrajurisdiccional y confiscatorio” y va “a contramano del gobierno nacional, que impulsa la mayor oferta posible de productos audiovisuales”. Nemirovsci señaló que “no queda claro ‘cómo’ (el gobierno porteño) realizará la confiscación, dado que los ‘Ingresos Brutos’ constituyen un impuesto sobre la facturación de las empresas radicadas en su propia jurisdicción y, para el caso, este impuesto no sería aplicable a empresas extranjeras”.

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