Mar 23.12.2014

SOCIEDAD  › CONCEDEN UN HáBEAS CORPUS A UNA ORANGUNTANA

Un fallo poco gorila

La orangutana Sandra, del zoo porteño, fue reconocida como sujeto no humano, con derecho a no ser maltratada, por la Sala II de Casación. El fallo fue considerado histórico.

Un fallo de la Sala II de la Cámara de Casación Penal concedió un hábeas corpus a Sandra, la orangutana del zoológico porteño. El hábeas corpus había sido pedido para que el animal fuera trasladado a un santuario en Brasil, en semilibertad luego de ser considerado “sujeto no humano”. El fallo fue impulsado por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (Afada).

El fallo fue considerado histórico por la antropóloga y defensora de los derechos de los animales Susana Pataro, quien aseguró que el fallo “abrirá las puertas a un debate profundo sobre nuestra responsabilidad en el planeta con otros seres sensibles”. Pataro subrayó que después del pronunciamiento en favor de la orangutana que está encerrada en el zoológico porteño “el mundo nos mira con admiración y esperanza, porque Argentina se ha convertido para muchos en la voz de los sin voz”.

La especialista elogió el fallo que reconoce a Sandra como “‘persona no humana’ a la que se debe garantizar la protección de al menos tres de sus derechos básicos fundamentales, como la vida, la libertad y a no ser torturada ni maltratada física ni psicológicamente” porque “le otorga un status legal distinto al de un objeto desprovisto de necesidades sociales ni capacidad cognitiva y del que cualquiera pueda disponer a su antojo”.

Sandra permanece en el zoo porteño desde hace veinte años y en el hábeas corpus se pide que se le permita vivir en un régimen de semilibertad.

Pataro, representante del Instituto Jane Goodall Internacional, que promueve la conservación de las especies y su ambiente, subrayó que “la novedad es que para la Justicia argentina y la jurisprudencia internacional, en general, los animales están amparados por el régimen de la propiedad privada y no son pasibles de gozar de derechos o personería jurídica, como los individuos o las empresas”.

Agregó que “en la interpretación brindada en el fallo de Sandra esa situación quedó superada. Se trata de un fallo que, sin duda, abrirá las puertas a un debate profundo no sólo sobre sus derechos, sino sobre nuestra responsabilidad en el planeta con otros seres sensibles”.

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