Sáb 14.02.2015

SOCIEDAD  › RECOMIENDAN RESTRINGIR EL “DERECHO AL OLVIDO” PARA FIGURAS PúBLICAS

Un borrón con limitaciones

La comisión que asesora a Google sobre cómo implementar los pedidos de borrado de información privada en el motor de búsqueda señaló que las personas con actuación pública tienen menos motivos para justificar el reclamo, pues puede prevalecer el interés social.

El consejo de asesores creado por la compañía considera que la eliminación de enlaces con información personal depende de la relevancia social. “Individuos con roles claros en la sociedad (por ejemplo, políticos, CEO, líderes religiosos, estrellas del deporte, artistas escénicos): las solicitudes de borrado para tales individuos son menos susceptibles de justificarse, ya que el público tendrá generalmente un interés predominante en encontrar información sobre ellos a través de una búsqueda de su nombre”. Y unos párrafos después: “Se ha de prestar especial atención al contenido de las solicitudes de borrado, ya que los datos del sujeto pueden estar circunscriptos a su rol público. Por ejemplo, podría haber un interés en tener información sobre nepotismo familiar a la hora de contratar”.

El derecho a salir de Google no debe ser universal. Eso concluye el informe del consejo asesor para Google sobre el derecho a ser olvidado. Sylvie Kauffman, directora editorial de Le Monde; Sabine Leutheusser-Schnarrenberger, ministra de Justicia y Protección al Consumidor alemana de 2009 a 2013; y Luciano Floridi, profesor de Filosofía y Etica de Oxford, son parte de este consejo que Google armó como órgano consultivo para asumir su obligación de velar por el borrado de enlaces de información personal en su buscador. Este deber fue fruto de un mandato del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 13 de mayo de 2014 a raíz del juicio de Mario Costeja contra el buscador. Este abogado español pidió que Google no indexara un artículo de La Vanguardia de 1998 sobre una subasta de inmuebles relacionada con un embargo por deudas a la Seguridad Social. Desde mayo, Google recibió 212.673 peticiones de borrado, que afectan a 769.858 URL.

Las 44 páginas que ahora presenta este órgano consultivo dividen a las personas en tres categorías según su relevancia social. Si son figuras públicas, recomiendan la máxima exigencia para borrar los enlaces. Si no tienen “un rol discernible en la vida pública”, consideran que estas solicitudes ya están de por sí “más justificadas” para proceder al borrado. Y por último establece una tercera categoría, aquellas personas con un “rol público en un contexto específico o limitado”, en el que se encontrarían directores de escuelas, empleados públicos o cualquier persona con un papel social en su profesión para una comunidad determinada. En este tercer caso el consejo considera que no hay un plus ni para admitir el borrado ni para denegarlo, sino que dependerá de la información concreta que solicite el afectado.

Este informe lidia también con el tan traído y llevado derecho al olvido. Y concluye que no existe tal cosa, por mediática que se haya hecho la frase: “De hecho, el mandato (de la UE) no establece un derecho a ser olvidado. Lo que hace es requerir a Google la eliminación de los enlaces que devuelve una búsqueda basada en el nombre de un individuo cuando esos resultados sean ‘inadecuados, irrelevantes o ya no relevantes o excesivos’”. Este consejo recuerda también que siempre quedará en manos del ciudadano apelar a la Justicia si considera que Google no se atuvo a los criterios del mandato europeo con su solicitud.

Y si la proyección social de la persona juega un papel en este derecho al desindexado, también lo juega la información de la que se solicite el borrado. Por ejemplo, en cuanto a la personal, los enlaces sobre la vida sexual tendrán siempre la balanza más de cara al solicitante que al interés del público. Y en cuanto a los temas de interés periodístico, el informe los blinda: cualquier declaración de un político o un líder religioso; cualquier tipo de artículo de opinión sobre un debate relevante; cualquier información sobre salud o consumo; cualquier información factual o veraz que no ponga a nadie en riesgo o cualquier contenido relativo a memoria histórica, no deberán borrarse. Sin embargo, si se trata de información sensible de gobiernos, empresas o particulares como contraseñas, documentos de identificación o direcciones personales se deberá primar la solicitud de borrado. También cuando la información publicada en la red sobre quien solicita el borrado sea falsa. Sobre todos estos criterios a establecer, el consejo urge a que Google sea totalmente transparente: “Desde nuestro punto de vista, es importante que Google haga públicas sus líneas maestras sobre qué solicitudes tienen buena probabilidad de ser aceptadas y, hasta donde sea posible, proporcionar información estadística sobre las decisiones adoptadas, para que el individuo pueda valorar los beneficios de cursar una solicitud”.

Po el momento, Google no da pistas acerca de cuándo podría implantar estos consejos. De hecho, a pesar de haber organizado este consejo consultivo a su costo, el gigante digital afirma que no es la única voz que tienen en cuenta: “Nos está ayudando mucho escuchar múltiples puntos de vista en los últimos meses en Europa y consideraremos este informe como otro de ellos. También seguimos muy de cerca las guías que las Agencias Europeas de Protección de Datos nos están dando, de la misma manera que trabajamos por cumplir con el dictamen del Tribunal de Justicia Europeo”, declaró David Drummond, vicepresidente senior de Google.

* De El País, de Madrid. Especial para Página/12.

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