SOCIEDAD › EL DIRECTOR DEL ZOO, EXPERTOS EN VETERINARIA Y LA JUEZA DEBATIERON SU SUERTE
La jueza Liberatori logró que se forme un comité de tres expertos para analizar la situación de la orangutana del zoológico porteño y recomendar cómo mejorarle la vida. Un paso original en un amparo por los derechos de un animal.
› Por Mariana Carbajal
El director del Zoológico de Buenos Aires, Gabriel Aguado, aceptó que expertos de las facultades de Ciencias Veterinarias de la UBA y de la Universidad Nacional de Rosario evalúen “la situación actual” de la orangutana Sandra y las medidas que se podrían implementar “en caso de ser necesarias” para mejorar su vida. El informe deberá estar terminado para el 8 de abril, según se acordó en la audiencia convocada el jueves por la jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 4 de la Ciudad de Buenos Aires, Elena Liberatori. Fue en el marco de una causa abierta a partir de una acción de amparo presentada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (Afada), que reclama que a Sandra “se la reubique en un santuario acorde con su especie donde pueda desarrollar su vida en un real estado de bienestar”. Este paso se dio luego de que la Sala II de la Cámara de Casación Penal estableciera en diciembre, en un fallo inédito, que el animal era “un sujeto no humano” titular de derechos básicos, y accediera a concederle un recurso de hábeas corpus, figura legal que se usa para casos de personas privadas ilegítimamente de su libertad.
La audiencia se extendió por cuatro horas, en las que especialistas universitarios convocados por la magistrada como amicus curiae dieron su parecer sobre el caso. Además de los representantes legales de las partes enfrentadas –Zoo y Ciudad de Buenos Aires por un lado, y Afada por el otro–, participaron abogados de la Asesoría General Tutelar de la Ciudad. Aunque resulte insólito, la jueza dio intervención a ese organismo, que se encarga de defender los derechos de niños, niñas, adolescentes y personas con padecimiento en su salud mental, situación que resultó llamativa en el propio organismo. Un abogado que presenció la audiencia bromeó sobre el énfasis con que algunas voces defendían los derechos de la orangutana, mientras varios de los expositores lucían lustrosos zapatos de cuero y se deleitaban con sandwichs de jamón. “De los derechos de los vacunos y los chanchos acá nadie se acuerda”, murmuró.
Chistes aparte, lo cierto es que como resultado de la audiencia, el director del Zoo acordó invitar a tres de los expertos que se dedicaron a estudiar la situación actual de Sandra y analizar cómo se podría mejorar, ya sea en el mismo lugar o trasladándola a un santuario con otros ejemplares de su misma especie. La tarea fue encomendada al médico veterinario Miguel Rivolta, docente de la UBA y a la vez gerente de la División Veterinaria del Zoológico; a Héctor Ricardo Ferrari, profesor adjunto de la Cátedra de Bienestar Animal de la Facultad de Ciencias Veterinarias de la UBA; y a Adolfo Marcelo Silveyra, director de campo de la Facultad de Ciencias Veterinarias de la Universidad Nacional de Rosario.
El representante legal de Afada, el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, se mostró conforme con el acuerdo. “Si Sandra no puede ser trasladada a un santuario por su condición de haber nacido y vivido toda su vida en cautiverio, habrá que analizar qué alcance se le pueden dar a sus derechos, teniendo en cuenta que se debe mejorar su situación de bienestar”, dijo Gil Domínguez a Página/12. El abogado también destacó que Aguado se comprometió a tomar medidas “ya, para ir mejorando el bienestar de Sandra”.
Tal como informó este diario, el recurso de amparo fue presentado hace dos semanas contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Zoo porteño “por conculcar de forma manifiestamente ilegal y arbitraria el derecho a la libertad ambulatoria y el derecho a no sufrir ningún daño físico o psíquico que titulariza como persona no humana y sujeto de derecho la orangutana Sandra”.
El fallo de la Sala II de la Cámara de Casación Penal, firmada por los jueces Alejandro Slokar, Angela Ledesma y Pedro David, dijo: “A partir de una interpretación jurídica dinámica y no estática, menester es reconocer al animal el carácter de sujeto de derechos, pues los sujetos no humanos (animales) son titulares de derechos, por lo que se impone su protección en el ámbito competencial correspondiente”. El Tribunal avaló las interpretaciones del ex juez de la Corte Suprema, Raúl Zaffaroni, en su libro Derecho penal. parte general, y en La Pachamama y el humano (Ediciones Colihue). Pero no se extendió más que una carilla y media en su resolución.
El hábeas corpus en favor de la orangutana había sido pedido en noviembre por Afada, una entidad que encabeza el abogado correntino Pablo Buompadre. Allí, se alegó el confinamiento injustificado de un animal con probada capacidad cognitiva y se pidió que pudiera vivir entre sus congéneres y en un lugar adecuado.
Pero el Juzgado de Instrucción Nº 47 de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Mónica L. Berdión de Crudo, había desestimado en primera instancia el pedido, que fue luego apelado y también rechazado. Según informó en ese momento el jefe de Biología del Zoo porteño, Adrián Sestelo, la orangutana vivió toda su vida en cautiverio. Nació en 1986 en el zoo alemán de Rostock y llegó al de Buenos Aires en septiembre de 1994. Tuvo como compañero a otro primate de su especie y en 1999 tuvo una cría, Shembira, que fue derivada a otra institución.
Gil Domínguez explicó que “cuando Sandra era un objeto de protección y no podía ser maltratada o sometida a actos de crueldad –en los términos expresados por la Ley 14.346 de Protección de Animales–, su cautiverio y exhibición pública eran legales y legítimos, en la medida en que se la alimentara, no se le pegara y le trajeran un mono para tener sexo y procrear. Pero considerar a Sandra como sujeto de derecho implica directamente que su cautiverio y exhibición pública como objeto circense violan los derechos que ella titulariza por más que la alimenten, no la maltraten o la sometan a actos de crueldad o le permitan tener sexo con un mono de su especie porque el cautiverio y la exhibición son, en sí mismos, actos que vulneran sus derechos y se transforman en crueles y degradantes en términos constitucionales y convencionales. Por ello es necesaria la aplicación directa de la Constitución y los tratados sobre derechos humanos para hacer efectivos los derechos que titulariza Sandra y hacer cesar los actos dañosos denunciados”.
Para Sestelo, “en este tipo de pedidos fundamentalistas se desconoce el comportamiento natural de la especie. Los orangutanes son animales solitarios y muy tranquilos, que sólo se juntan para aparearse o atender a sus crías. Desconocer la biología de la especie, alegando injustificadamente maltratos, estrés o depresión del animal es incurrir en uno de los errores más comunes de los seres humanos, que es humanizar cualquier conducta animal. Sandra goza de cuidados excepcionales y vive en soledad porque es lo que requiere su especie”. Y señaló que el Zoo ya venía evaluando el traslado de la orangutana a un santuario de la ONG Proyecto Gran Simio, dado que la política del Zoo para su colección de animales se va reorientando a los autóctonos y no exóticos como Sandra.
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