Sáb 12.12.2015

SOCIEDAD  › LA CORTE SUPREMA NACIONAL DEJO FIRMES LAS CONDENAS POR EL CRIMEN DE ROSANA GALLIANO EN 2008

El viudo y su madre, con pena confirmada

El máximo tribunal rechazó por “inadmisibles” los recursos que habían presentado los abogados de ambos. Arce y Aguilar tienen prisión domiciliaria y están a cargo de los hijos del hombre. Los familiares de Galliano volverán a reclamar la tenencia de los chicos.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes las condenas a prisión perpetua impuestas al viudo José Arce y su madre, Elsa Aguilar, por el homicidio de su ex esposa, Rosana Galliano, cometido en 2008 en su casa de la localidad bonaerense de Exaltación de la Cruz. Con la firma de su presidente, Ricardo Lorenzetti, y la de los ministros Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, el máximo tribunal rechazó por “inadmisibles” los recursos que habían presentado los abogados de ambos. Para la familia de la víctima, el fallo es una oportunidad para insistir en el juzgado de familia con la tenencia de los hijos que tenían en común Arce y Galliano, a quienes –aseguran– hace ocho meses no pueden ver.

José Arce, de 67 años, y su madre Elsa Aguilar, de 84, fueron responsabilizados por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Campana por “homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y la participación de tres o más personas”, en carácter de instigadores. Ese fallo, que ya fue confirmado por el Tribunal de Casación Penal bonaerense en julio de 2014 y la Suprema Corte de Justicia provincial en marzo último, fue ratificado por el máximo tribunal de la Nación. En este momento ambos cumplen sus penas en prisión domiciliaria con monitoreo electrónico: él por razones de salud y ella por la edad, aunque la familia de Galliano pidió en reiteradas ocasiones que se le revoque el beneficio al hombre.

“Nos alegramos del fallo de la Corte porque ahora podemos insistir en el juzgado de familia de San Isidro para que nos den la tenencia de mis sobrinos, que con mi mamá hace ocho meses que no los vemos”, dijo Oscar Galliano, hermano de Rosana. Galliano aseguró que cada vez que intentan visitar a los chicos, “Arce o la abuela salen y dicen que no nos quieren ver”, y tampoco les permiten comunicaciones por teléfono, pese a que la madre de Rosana tiene un régimen para verlos fin de semana por medio. Oscar aseguró que Arce “primero estuvo internado y hace quince días, cuando se tenía que presentar en el tribunal para tratar la revocación de la prisión domiciliaria, su abogado dijo que estaba enfermo, con presión alta”, aunque la familia de la víctima desconfía de sus dichos.

El crimen de Rosana Galliano, de 29 años, ocurrió el 16 de enero de 2008 en su quinta del barrio El Remanso, de Exaltación de la Cruz, donde Arce había acordado que le iba a llevar a los hijos que tenían en común. Galliano falleció cuando, luego de recibir una llamada de su esposo al celular, salió de la casa para tener mejor señal telefónica y una persona la mató a balazos. Mónica, hermana de Rosana, quien estaba con ella la noche del crimen, detalló las “excusas” que Arce puso durante todo el día para dilatar la entrega de sus hijos y de esta manera tener una razón para llamar a su ex mujer a la noche. Al respecto, la Corte confirmó que de las pruebas del homicidio se desprende la confirmación de “un plan desarrollado por al menos tres personas que tuvo por fin situar a la víctima en posición de tiro, para su total sorpresa, impidiéndole toda posibilidad de defensa o alerta”.

En tanto, cuando el caso fue analizado en el Tribunal de Casación provincial, los jueces entendieron que tanto la “descompensación” como el “llanto” que Arce dijo padecer en un hospital al momento que se enteró de la muerte de su mujer fueron “un montaje”. Aunque todavía no se encontró al autor material del crimen, los jueces afirmaron que “era claro que Arce no podía ni quería hacerse cargo de la ejecución y también que para ello contaba con la excelente disposición de su madre y su dinero”.

“Arce y su madre tenían (por despreciables que resulten) sólidos motivos para matar a la víctima y aquél lo había verbalizado y actuado en lo que constituyen los pródromos de la violencia de género”, señaló Casación.

La Cámara además agregó que había una “nutrida prueba testimonial” de lo sucedido en base a lo declarado por familiares y amigos de la víctima, quienes describieron una relación conflictiva en la pareja tras su separación.

En cuanto a los autores materiales del crimen, fueron juzgados los hermanos Paulo y Gabriel Leguizamón, de 35 y 41 años, respectivamente, pero terminaron absueltos luego de que se desacreditaran las declaraciones que habían formulado contra ellos varios testigos.

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