Vie 01.07.2016

SOCIEDAD  › AUTORIZAN A UNA MUJER A IMPLANTARSE UN OVULO DE SU HIJA

La madre que engendra a su nieto

Una mujer que quiere usar los óvulos congelados de su única hija para dar a luz a su propio nieto obtuvo un fallo favorable en la Corte de Apelaciones de Londres.

La mujer, de 60 años, había apelado contra la decisión del ente regulador de fertilidad asistida del Reino Unido, que le había negado la posibilidad de utilizar los óvulos criopreservados en una clínica de Estados Unidos, para ser fecundados con semen de un donante.

Su hija, que murió hace cinco años, le habría pedido a su madre que tuviera a sus hijos, pero la mujer perdió el caso ante los tribunales de segunda instancia el año pasado.

No obstante, los jueces le concedieron permiso para impugnar la decisión de la Corte de Apelaciones de Londres ante un tribunal de tres jueces.

El ente regulador de la fertilidad del Reino Unido, la Autoridad de Fertilización Humana y Embriología (HFEA), había dicho en 2014 que los óvulos de la hija no podían ser fertilizados en la capital británica porque ella no había dado su consentimiento explícito por escrito antes de morir de cáncer de intestino, a los 28 años. Sin embargo, en los últimos procesos judiciales, los abogados de la madre sostuvieron ante los jueces que ella quería cumplir el deseo de su hija de que gestara al embrión creado a partir de sus huevos congelados y “criara ese niño”.

La abogada de la madre, Jenni Richards, dijo que si los jueces no revocaban la sentencia de la Corte, la consecuencia “inevitable” sería “simplemente permitir que pierda” los óvulos.

Richards argumentó que había “evidencia clara” de lo que la hija, conocida sólo como “A”, quería que pasara con sus óvulos después de su muerte, y que “todas las pruebas disponibles” muestran que quería que su madre “tuviera a su hijo después de su muerte”.

La apelación fue rechazada por la HFEA, organismo que indicó que tenía una gran simpatía por los padres de la hija muerta, conocidos solamente como el señor y la señora M. “La ley nos obliga a considerar si existe evidencia suficiente de consentimiento informado. Después de mirar el asunto con gran detalle, decidimos que no había, una decisión que fue apoyada por el Tribunal Supremo el pasado septiembre”, dijeron. “El fallo del Tribunal de Apelación reafirma la necesidad de consentimiento informado, pero concluye que hay pruebas suficientes de los verdaderos deseos de la hija del señor y la señora M.”, añadieron.

“Ahora vamos a reconsiderar su caso tan pronto como sea posible a la luz de la presente sentencia”, finalizaron.

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