Vie 19.08.2016

SOCIEDAD  › DICTARON PRISION PERPETUA A ALBERTO MORENO, FEMICIDA DE MAYRA MORAN

Un fallo con voces de testigos

El Tribunal de San Isidro consideró probado que el acusado, ex pareja de Morán y a quien ella ya había denunciado, la atacó y acuchilló en una calle de Manzanares. La fiscalía y la familia de Morán habían pedido esa misma condena.

El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de San Isidro condenó por decisión unánime a Alberto Sebastián Moreno, a prisión perpetua, por el femicidio de Mayra Belén Moran, su ex pareja, a quien asesinó el 29 de julio de 2015 en Pilar, cuando tenía prohibición de acercamiento. Los jueces Osvaldo Rossi, Federico Ecke y Hernán San Martín hallaron culpable a Moreno del delito de “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haber sido cometido contra una mujer y mediare violencia de género, en concurso real con desobediencia por haber violado la restricción perimetral” y le dictaron una pena que coincidió la que habían pedido la fiscalía y la querella. Tanto Carolina Carballido Calatayud, titular de la fiscalía Especializada en Violencia de Género del Partido de Pilar, como el abogado de la familia de la víctima, Esteban Ahumada Aguilar, habían solicitado la misma pena. Por su parte, el abogado defensor de Moreno, Héctor Roperto, no negó en su alegato la autoría del hecho –que ya había sido confirmada por dos testigos que reconocieron al imputado en el momento en que atacaba a Morán–, y se limitó a solicitar que el acusado fuera considerado inimputable por uso de estupefacientes.

Luego de escuchar la resolución de los jueces, Marilén Maldonado, la madre de Belén, sufrió una leve descompensación por lo que tuvo que ser acompañada por sus allegados al exterior del tribunal.

Mayra Belén Morán fue asesinada la mañana del 29 de julio de 2015, en una esquina de Manzanares, en Pilar, a pocas cuadras de la casa de su madre, a la que había regresado a vivir tras denunciar a Moreno por violencia y amenazas. Ese día, Morán iba camino a una fiscalía para ratificar la denuncia. En la cartera, le encontraron la orden de restricción de acercamiento por la cual la Justicia prohibía a Moreno estar a menos de 500 metros de ella.

Según reconstruyeron los testigos del caso, Moreno corrió a la joven, la alcanzó y comenzó a atacarla con un cuchillo y a golpearle la cabeza contra el suelo, tras lo cual, huyó con el arma blanca ensangrentada.

En la autopsia los peritos determinaron que la víctima murió de 12 heridas punzocortantes. Morán tenía 23 años; había realizado doce denuncias contra su victimario.

Mientras Moreno estuvo prófugo, el personal de la Jefatura Departamental Pilar y el fiscal Eduardo Rodríguez, de la Unidad Funcional de Instrucción de Violencia de Género que estaban a cargo de la causa sospechaban que Moreno no había abandonado el distrito, porque no contaba con dinero ni otros recursos. Además, como los domicilios de sus familiares, amigos y ex compañeros de trabajo estaban bajo vigilancia, no tenía donde ocultarse.

Cuatro días después, Moreno fue detenido en Pilar. Tenía la barba crecida y el cabello sucio pero se había cambiado la ropa que vestía cuando acuchillo a Moran. Fue aprehendido en el barrio Villa Verde, a pocas cuadras de la estación ferroviaria de la línea Urquiza, tras una breve persecución.

Pocas semanas antes, Belén había dejado la casa que compartía con el agresor y había vuelto a vivir con su madre luego de presentar varias denuncias por violencia contra Moreno. El 21 de julio, la justicia prohibió a Moreno acercarse a Morán y su madre “por el plazo de treinta días”; esa era la orden que Morán llevaba en la cartera cuando fue asesinada.

Otra notificación judicial había sido emitida para proteger a la madre de la mujer. En ella, la titular del Juzgado de Familia Nº 1 de Pilar, Raquel Conte, había resuelto “decretar la prohibición de acercamiento (...) fijando a tal efecto un perímetro de restricción para circular o permanecer dentro de un radio de 500 metros a la redonda del domicilio” de Maldonado, donde Morán vivía con sus hijos; Moreno tampoco podía acercarse a “su lugar de trabajo y de esparcimiento”.

Sin embargo, nadie se cercioró que estas órdenes fueran de efectivo cumplimiento. En su momento la abogada Sandra Cartabia, de la Coordinadora Feminista Antirrepresiva, detalló a este diario que “Moreno estuvo amenazándola, yendo a buscarla”. “Belén y la madre volvieron a pedir auxilio, la policía fue pero no pasó nada, los vecinos lo vieron. Cuando se viola la orden de no acercarse, el caso sale del derecho civil y pasa al derecho penal. En otras situaciones, es diferente: si te encuentran intentando robar un celular, no hay dudas de lo que van a hacer. Sí reconocen como cuestión policial el robo de propiedad privada, pero ven la violencia de género como algo del ámbito privado. En lugar de disponer de medidas de prevención o neutralización del conflicto, charlan con el violento”, había señalado.

Durante el debate oral, en el que desfilaron peritos psicólogos, peritos psiquiatras, médicos, vecinos y familiares de Belén, Sebastián Ahumada Aguilar, el abogado de la familia Moran, dijo que “todas las cosas fueron demostrando cómo fue la realidad, que hay un hecho de violencia extrema, doblemente agravado por el vínculo y por violencia de género. Fue un femicidio en el que hubo una violencia extrema, un hecho terrible”. También la fiscal Carballido Calatayud dijo que “las pericias fueron muy contundentes” y “hubo testigos totalmente desinteresados y muy valientes” que “habían sido amenazados con anterioridad y contaron cómo había sido el ataque de Moreno y el escape posterior”.

En su alegato, Carballido Calatayud consideró que el hecho configuró un “femicidio”, ya que se demostró “el ciclo de violencia de género” al que había sido sometida Morán durante la relación que mantenían. Además, recordó que la mujer fue una de las 275 víctimas de violencia de género registradas en el país durante 2015.

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