Sáb 27.08.2005

SOCIEDAD  › NO PAGABA LA CUOTA ALIMENTARIA

Eximido por desocupado

Dejó de pagar la cuota alimentaria de su hija en agosto de 2001 y fue procesado por “incumplimiento de deberes de asistencia familiar”. Ahora, un tribunal lo sobreseyó porque los jueces consideraron que si no cumplió con sus obligaciones fue por no tener trabajo.
El fallo fue resuelto por la Sala Primera de la Cámara del Crimen y lleva la firma de los jueces Gustavo Bruzzone y Jorge Rimondi. La identidad del hombre se mantuvo en reserva, pero se supo que se trata de un abogado que “por diversos motivos que no le son imputables se desvinculó de dos empresas para las que prestaba servicios”.
Los camaristas remarcaron que el imputado había perdido su matrícula profesional en mayo de 1999 por falta de pago y que la AFIP le había dado de baja en septiembre de 2002. También indicaron que para saldar cuotas de alimentos anteriores había vendido una propiedad.
“El imputado carecía de la posibilidad fáctica de cumplir con sus obligaciones de índole económica” respecto de su hija de diez años, dado que, según afirmaron los jueces, “no contaba con un empleo estable y sólo contaba con la posibilidad de adquirir bajas sumas de dinero a través de trabajos que le encomendaban algunos amigos”.
Y concluyeron: “No corresponde formular reproche penal alguno”, ya que la omisión de satisfacer las necesidades de la hija “aparece justificada”.

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