Mié 22.02.2006

SOCIEDAD

Un homicidio por gatillo fácil que ahora debe ser llamado desgracia

La Cámara de Casación cambió la condena a 8 años contra un policía por matar al hijo de un colega al que creyó un ladrón por otra a 3 años en suspenso. Los padres apelaron ante la Corte.

› Por Horacio Cecchi

Ocho años después de que balearan a su hijo, y 15 meses después de que el imputado fuera condenado a ocho años, los padres de Cristian Robles, Mirta y Carlos, comprendieron que los vericuetos de la balanza de la Justicia son insondables pero bastante previsibles: una resolución de la Cámara de Casación cambió la calificación de homicidio simple con la que había sido condenado el principal de la Federal Augusto Arena, por la de homicidio culposo y le aplicó el máximo, tres años, con lo que el acusado no irá preso. El 3 de diciembre del ‘97, Cristian fue baleado por un grupo de policías entre los que estaba Arena, y que lo confundieron con uno de los dos jóvenes que acababan de asaltar una pizzería. Carlos, el padre de la víctima, es también policía de la Federal. Para la sala I de Casación, la muerte de Cristian fue “una desgracia”.

Es la tercera condena por la que pasa el Nino Arena, y cada una más beneficiosa que la anterior. El 3 de diciembre del ’97, Cristian Robles fue baleado por dos brigadas de Robos y Hurtos de la Federal, fuerza a la que también pertenece su padre, el sargento Carlos Robles. Instantes antes, dos ladrones asaltaban un comercio sobre la calle José C. Paz, de Parque Patricios, y escapaban corriendo hacia Pepirí. Según los datos que irían surgiendo durante la investigación, las dos brigadas desataron una lluvia de balas sobre los dos ladrones. Casualmente, Cristian Robles, de 26 años y diseñador gráfico, cruzaba por el lugar. Los policías lo confundieron con un ladrón: 14 de los 40 disparos impactaron en el cuerpo de Cristian.

En abril de 2001, el Tribunal Oral 26, integrado por Patricia Llerena, Manuel García Reynoso y Marta Yungano, determinó que 2 de las 14 balas fueron disparadas por el principal. No se probó entonces la versión policial que decía que habían disparado en defensa propia. Resultó inexplicable que uno de los ladrones hubiera logrado escapar. Tampoco se pudo determinar que el asaltante muerto hubiera utilizado su arma. Los jueces del tribunal consideraron que “Arena actuó dolosamente y cometió homicidio simple”, por lo que lo condenaron a nueve años.

Pero el juicio fue anulado por la Sala I de Casación, que ordenó determinar si el delincuente muerto había utilizado el arma o no. Por entonces, Carlos y Mirta estaban esperanzados de que se hiciera justicia. En octubre de 2004, el segundo juicio, a cargo de los jueces Raúl Llanos, Ricardo Rojas y Gustavo Valle condenaron a Nino Arena a 8 años de prisión. Arena apeló y el caso volvió a Casación.

El 1º de diciembre pasado, los integrantes de la Sala I, Alfredo Bisordi, Liliana Catucci y Juan Carlos Rodríguez Basavilbaso reprobaron “la actitud del acusado, que contaba con una experiencia de casi 20 años en su profesión de policía. Sin cerciorarse convenientemente de la situación creada salió del lugar para incorporarse a un tiroteo y efectuó disparos casi instintivamente hacia el lugar del que venían los de los agresores, sin discriminación de blanco y sin hacer puntería”. Consideraron que “la conducta enjuiciada cae en el ámbito del homicidio por imprudencia” y que su accionar “infringió de manera indudable el deber de cuidado que estaba obligado a observar”. Lo notable fue la conclusión de la sala, que sostuvo que la falta de cuidado en la puntería de Arena terminó en “la desgracia de haberle pegado a un inocente”. En definitiva, para Bisordi, Catucci y Rodríguez Basavilbaso, la de Arena fue una acción en “legítima defensa putativa”. Esto significa que según estos jueces Arena creyó que los ladrones disparaban y reaccionó disparando y, por desgracia, le pegó a Cristian.

Que sea una desgracia, lo que para dos tribunales fue gatillo fácil, y lo que para Carlos y Mirta es en realidad un calvario, derivó en la libertad de Arena que, en definitiva, en ningún momento estuvo preso. Ahora, los padres de Cristian llevaron el caso a la Corte Suprema y aguardan que “la fuerza deje de darnos la espalda”. Con “la fuerza” no se refieren al estoicismo con que enfrentan su desgracia sino a la institución que, por el momento, les sigue dando la espalda.

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