SOCIEDAD › LA VERSION DEL DUEÑO DE CROMAÑON CONTRASTADA CON TESTIMONIOS Y PRUEBAS DEL EXPEDIENTE
La aparición televisiva del empresario generó el rechazo de familiares de las víctimas, sus abogados y el grupo Callejeros. Más allá de esas opiniones, Página/12 comparó sus dichos con los otros elementos de la causa. Aquí, el resultado: la versión de los tres jóvenes de short, la puerta de emergencia, el número de asistentes, las coimas, la habilitación del local.
› Por Raúl Kollmann
La aparición televisiva de Omar Chabán deja planteados numerosos interrogantes en el caso Cromañón, sobre todo comparando las palabras del empresario con los elementos que figuran en la causa:
1 ¿Las acusaciones de Chabán contra tres jóvenes de short rojo y torso desnudo, a quienes sindica como los que tiraron candelas le sirven como defensa en la causa judicial?
Es poco probable. La Cámara de Apelaciones ha imputado a Chabán por el delito de estrago doloso, que consiste en ver venir un incendio y no hacer nada para prevenirlo, provocando al menos una muerte. Así lo dice el fallo: “Chabán se representó cada uno de los factores de riesgo. Sabía que el lugar estaba excedido en la cantidad de público; sabía que las salidas de emergencia no eran suficientes para esa gente, sabía que se podían prender bengalas, sabía que podían dar en el techo que estaba recubierto con material inflamable. Y más de una vez experimentó las consecuencias de esa situación de riesgo porque hubo incendios anteriores, incluso en el día previo”. De manera que si, hipotéticamente, terminan detenidos los tres jóvenes de short rojo, igual Chabán será responsabilizado por el estrago doloso agravado por el resultado de muerte, un delito que tiene una pena de hasta 20 años de prisión. En la causa no hay otros testimonios que avalen los dichos de Chabán sobre los tres jóvenes de short, pero las otras dos versiones –que fue un chico de entre 10 y 12 años en los hombros de un adulto o que fue un joven de unos 22 años– son confusas y con testimonios contradictorios.
2 ¿Cuáles son las imputaciones más serias contra el empresario?
La jueza María Angélica Crotto, que fue quien dictó el procesamiento y la prisión preventiva de Chabán, señaló como hecho de máxima importancia el cierre de la puerta alternativa de emergencia con cadena y candado. En su aparición en Canal 9, Chabán incluso trastabilló al decir que esa puerta “era sólo para siniestros”, lo que lleva a razonar que lo del 30 de diciembre fue un siniestro y que igual la puerta estaba cerrada. Desde el punto de vista legal, Chabán argumentó que ésa no era la verdadera puerta porque daba a un patio interior, lo que efectivamente se corresponde con los términos de la habilitación. Sin embargo, los jueces le endilgan que sobre la puerta había un cartelito luminoso en el que decía “salida”, eso provocó que la gente fuera hacia allí y se encontrara un metro y medio de cadáveres apilados frente a esa puerta. En la causa judicial hay una pericia que indica que la gente hubiera podido salir por esa puerta en cuatro minutos y lo más probable es que no hubiera muerto nadie. Aun así, tampoco las otras puertas habilitadas como salidas de emergencia, seis hojas que daban a Bartolomé Mitre, estaban abiertas. La jueza Crotto señala que apenas dos de las seis le permitieron el paso a la gente que huía.
3 ¿Contestó Chabán a la acusación de que había más gente de la permitida por la habilitación?
No. En la entrevista admitió que había unos 2600 personas. La jueza Crotto primero y los camaristas Rodolfo Pociello Argerich, María Laura Garrigós de Rébori y Gustavo Bruzzone señalan en sus respectivos fallos que el lugar estaba habilitado para 1031 personas y que Sadaic contó un ingreso de casi el triple, 2811. Sin embargo, la sospecha es que hubo aún más cantidad de asistentes que la señalada por Sadaic.
4 Chabán negó que hubiera coimeado a los hombres de la Policía Federal. ¿Qué dice la causa?
De acuerdo con el expediente, el empresario les pagaba 100 pesos de coima a los policías por cada 500 personas de más que ingresaban. Lo declara una de las empleadas y figura en una especie de cuaderno de almacenero que llevaba Chabán. Este dinero se incluía como gasto a liquidar con las bandas y servía justamente a uno de los puntos que constituyen el centro de la acusación contra Chabán: metió más gente de la permitida y eso elevó el riesgo de muerte de las personas.
5 Chabán dijo que Cromañón nunca debió ser habilitado y que él no tiene responsabilidad en la habilitación. ¿Es cierto?
Sí, es cierto. El lugar fue habilitado en forma fraudulenta en 1997. En este momento la Facultad de Arquitectura está haciendo una pericia sobre esa habilitación y todo indica que el resultado provocará un verdadero escándalo. Los caños de agua para los incendios no tenían el diámetro requerido por bomberos, los metros cuadrados del local son muchos más de los que figuran en la habilitación y, supuestamente, existen seis puertas de emergencia de un metro y medio de ancho, cuando la realidad es que las puertas tienen muchísimo menos. Una vez habilitado un local, no requiere de otra habilitación cada tantos años, por lo tanto eso no se le podrá achacar, ya que Chabán se hizo cargo de Cromañón mucho después de la habilitación.
6 ¿Cuál es la clave de la acusación contra Chabán?
En términos legales se lo considera como el “garante” de la situación, el que tenía la responsabilidad, porque era el administrador de Cromañón. Es como el caso de una persona que se ahoga en una pileta de natación. Si alguien que está cerca no ayuda a esa persona que se ahoga, no se le puede hacer ninguna imputación, pero si el que no hace nada es el guardavidas, que es el “garante”, sí le cabe la acusación por la muerte. Ese mismo papel de garante jugaba Chabán en Cromañón y sus dichos del lunes no cambian en nada su situación.
7 ¿Qué puede pasar en el juicio oral?
Las calificaciones y acusaciones actuales no son definitivas. Los jueces del tribunal oral tendrán la facultad de evaluar y decidir. Incluso pueden considerar que se trató de un accidente y sostener que el delito no fue doloso –no hacer nada frente a un incendio pese a que sabía del peligro, hubo incendios anteriores y no hizo nada para evitarlo–, sino que fue culposo, que significa que actuó con negligencia e imprudencia nada más. En ese caso la pena no pasará de los cinco años de prisión. Si se mantiene la imputación por estrago doloso, Chabán afronta una pena que estará entre los 15 y los 20 años de prisión. Pero todo eso se verá recién en el juicio, que amaga con iniciarse recién dentro de dos años, porque son muchos los imputados, los querellantes, las apelaciones, las pericias y las medidas de prueba.
8 Mientras llega el juicio oral, ¿Chabán tiene chances de obtener la libertad?
El caso podría llegar en los próximos meses a la Corte Suprema, vía un recurso presentado por el abogado del empresario, Pedro D’Attoli. El máximo tribunal puede decir que ya no se mete en todos los casos y que no le corresponde entender en ese recurso sobre el que ya se pronunció la Cámara de Casación, que envió otra vez a Chabán al penal de Marcos Paz porque consideró que se fugó en los instantes posteriores a la tragedia. Pero también la Corte podría tomar el caso por la gravedad institucional y porque puede sentar precedentes. El argumento que señala que Chabán se escapó en las primeras horas parece endeble: no se fugó del país, no tomó el pasaporte, no exhibió una real voluntad de evadir la Justicia a largo plazo. Si la Corte ve las cosas de esa manera, podría convalidar la libertad de Chabán hasta el juicio. Pero lo cierto es que se trata de un diagnóstico difícil: nadie sabe bien cuál podría ser la resolución del máximo tribunal.
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