SOCIEDAD › UN FALLO QUITO A UNA ADOLESCENTE DE LA JUSTICIA FEDERAL
Un defensor de una menor detenida por drogas planteó la incompetencia del juez federal. La Cámara Federal ordenó que el caso lo llevara la Justicia de menores. El planteo y el fallo son inéditos.
› Por Horacio Cecchi
El caso es inédito en la Justicia argentina y de algún modo recupera la vapuleada figura de los adolescentes del ningún lugar al que son arrumbados por leyes y jueces anacrónicos. La Sala II de la Cámara Federal porteña aceptó el planteo de incompetencia presentado por un abogado defensor de una adolescente detenida por infracción a la ley de drogas y cuya causa llevaba el juez federal Jorge Ballestero. Los camaristas Eduardo Luraschi, Horacio Cattani y Martín Irurzun consideraron que la causa debía ser llevada por la Justicia de menores, siguiendo el criterio de que sólo los jueces de menores pueden entender en causas relativas a la minoridad, planteado por el abogado Martiniano Terragni. La situación, de todos modos, dista de un justo final: la jueza de menores Adriana Leiras recibió el expediente y de inmediato lo elevó, disconforme, a la Cámara del Crimen para que decidiera si los casos de menores deben ser tratados por jueces de menores o federales (para el caso, de adultos), una obviedad que sólo en dos países de América latina todavía se discute. Uno de ellos es Argentina.
Los jueces Cattani, Irurzun y Luraschi decidieron que es la Justicia de menores la que debe entender en causas de menores, como el caso en cuestión. El fallo contradijo la posición del juez federal 2 de primera instancia, Jorge Ballestero, quien sostenía que en casos de infracción a la ley de drogas 23.737 es la Justicia Federal la que tiene competencia natural. La adolescente en cuestión había sido detenida cuando tenía 16 años.
Ballestero reconocía que para los menores de 18 años existe un fuero especial, pero sostuvo que esa normativa tiene aplicación parcial, mientras que la ley de drogas establece una jurisdicción federal. El juez federal destacó los esfuerzos del Estado argentino en pos de los derechos de los niños, pero consideró que “es evidente que aún resta un largo sendero que transitar para que nuestro Estado, además de proclamarlo, conceda plena protección a los derechos de los niños, niñas y adolescentes”.
La de Ballestero fue una respuesta al planteo de incompetencia presentado por Martiniano Terragni, defensor de la chica. “La causa fue llevada por el Centro de Práctica Profesional de la Facultad de Derecho de la UBA, que ofrece asesorías jurídicas gratuitas. De acuerdo con los instrumentos internacionales adoptados por la Constitución y por lo tanto con rango constitucional, tiene que haber un juez especializado en niños y adolescentes –dijo Terragni a Página/12–. El debate que se planteó es si en un caso como éste debe primar la persona o la materia. Por los tratados internacionales constitucionales, la que prima es la persona. En el Código Procesal Penal de la Nación dice que el juez de menores es el que entenderá en todos los delitos imputados a menores. No diferencia qué delitos ni dice que entenderá en todo menos en casos de drogas. La otra posición es la que dice que lo que prevalece es la materia porque la ley 23.737 no diferencia entre mayores y menores.”
Los camaristas federales coincidieron con el planteo de Terragni. “El panorama normativo existente en la materia no se reduce al que ha analizado” el juez Ballestero, sostuvieron. Y agregaron que “ha minimizado la relevancia que ostentan las disposiciones internacionales destinadas a que se preserven en el ámbito interno los derechos de los menores de edad, a las que se ha otorgado jerarquía constitucional”.
“Esto demuestra una vez más la necesidad de establecer cuál es la ley aplicable para los menores de edad –sostuvo la directora de la Fundación Sur, Laura Musa–. No se conocen datos estadísticos sobre detención de menores. No existe en el país un registro de menores privados de la libertad en conflicto con la ley, ni de menores tutelados a disposición de los jueces.”
De todos modos, la causa de la menor representada por Terragni no terminó su recorrido. El expediente recayó en el juez de menores 7, EnriqueVelázquez, de licencia. Lo subrogaba la jueza de menores 6, Adriana Leiras. Dando la idea del nivel de pensamiento de la Justicia que les toca habitualmente a los menores, Leiras rechazó el caso afirmando que la ley de drogas no diferencia entre adultos y menores. La causa ahora está en manos de la Sala V de la Cámara del Crimen, de la Justicia ordinaria.
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