SOCIEDAD › ADMITEN A DOS LESBIANAS IGUAL DERECHO SOBRE UNA BEBA
Un matrimonio español de lesbianas logró en la Justicia que el registro civil de ese país las inscriba a ambas como madres de la beba que una de ellas tuvo por inseminación artificial.
Hace un año, Antonia y María Angeles se casaron en España gracias a la ley que permite la unión entre personas del mismo sexo. Ayer, la pareja se transformó en el primer matrimonio de lesbianas que logró que el registro civil de ese país las inscribiera a ambas como madres de la beba que una de las mujeres tuvo por inseminación artificial, sin la necesidad de pasar por el proceso de adopción. Hasta este fallo, la Ley de Reproducción Asistida obligaba a las madres no biológicas a iniciar los trámites de adopción si querían tener los derechos sobre el niño, ya que sólo se inscribía directamente como progenitor al padre, una vez que éste reconocía al bebé.
Madre primera y madre segunda. Bajo ese rótulo fueron anotadas en el registro civil y por ende reconocidas por el Estado español. Ambas mujeres, que pelean por ser madres desde abril de 2005, pueden considerarse como madres de Nerea, una beba de dos semanas, cuya progenitora biológica es María Angeles, de 30 años, quien quedó embarazada después de casarse con su pareja.
Cuando nació la niña, Antonia fue a registrarla en la Libreta de Familia. Pero en el registro de Algeciras (Cádiz, Andalucía) le dijeron que si quería figurar como madre tendría que adoptarla, porque la ley que permite el casamiento entre personas del mismo sexo obliga a la madre no biológica a adoptar al niño “in vitro” de su esposa, a diferencia del marido de una pareja heterosexual, que automáticamente es reconocido como padre del bebé. También le explicaron que la pequeña figuraría en la Libreta de Familia como hija de la madre biológica y, tras concluir los trámites de adopción, podría incluirse su propia maternidad.
“Para mí eso significa que me consideran menos madre. Y trámites más largos y complicados”, comentó Antonia, de 40 años, que se presentó días después en un Juzgado de Primera Instancia de esa localidad, para pedir que se la registre como una de las madres de Nerea.
“No podíamos consentir esta situación –aseguró–, porque en el hospital la habíamos registrado con nuestros apellidos y nos encontrábamos con que nuestra hija no existía.” Para Antonia, la Ley de Reproducción Asistida vigente en España discrimina a los gays y lesbianas, porque en una pareja heterosexual “cuando se inscribe al padre del bebé no se le pregunta si el hijo es suyo”.
Sin embargo, dos días después del primer intento por registrar a la beba, Antonia regresó al registro civil y se encontró con que la titular del juzgado tenía una noticia: había autorizado su inscripción como madre segunda de Nerea, por lo que no sería necesario iniciar los trámites de adopción. “La jueza no me puso ningún impedimento, entendió que nuestra hija había nacido dentro del matrimonio. Le estoy muy agradecida”, declaró.
Sin embargo, el fallo no es irrevocable. Desde el Ministerio de Justicia español aseguraron que la fiscalía tendrá que actuar y obligar a que la pareja siga el mismo procedimiento que el resto de los matrimonios de lesbianas, porque con esta decisión “se estaría discrimininado a las madres no biológicas que han tenido que realizar los trámites de adopción”.
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