SOCIEDAD › LA CORTE RESPONSABILIZO A LA AFA POR LA CRECIENTE VIOLENCIA EN EL FUTBOL
El fallo condena por primera vez a la máxima autoridad del fútbol por la falta de seguridad en las canchas. La entidad, y el club Lanús también, deberán indemnizar a un chofer que en 1996 sufrió importantes lesiones mientras esperaba afuera del estadio. El tribunal llamó la atención sobre la “tolerancia excesiva” hacia los hinchas.
› Por Irina Hauser
Fue el 30 de noviembre de 1996, cerca de la medianoche. Hugo Arnaldo Mosca tenía entonces 65 años y trabajaba como remisero. Había llevado a un grupo de periodistas y fotógrafos a la cancha de Lanús, que jugaba contra Independiente. Se quedó esperando afuera, cerca del portón principal. El partido iba empatado, pero en tiempo de descuento el visitante hizo un gol que le daba la victoria. Los fanáticos de Lanús enloquecieron y empezaron a tirar toda clase de objetos hacia el campo de juego y a los hinchas rivales, que intentaban huir como fuera. Volaban piedras, sillas y trozos de mampostería. Un “elemento contundente” hirió a Mosca en el ojo izquierdo y le causó una pérdida casi total de la visión. Su reclamo llegó a la Corte Suprema que, finalmente, firmó un fallo que por primera vez adjudica responsabilidad a la AFA por la violencia en el fútbol. La sentencia condena a esa institución y al Club Lanús a indemnizar al chofer. La protección, advirtió el tribunal, no es sólo para quienes están adentro del estadio sino también en las inmediaciones.
“Todo organizador de un espectáculo deportivo tiene una obligación de seguridad respecto de los asistentes”, estableció el fallo firmado ayer. La novedad de esta definición es que involucra a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) en la organización de los partidos, un compromiso que la entidad a cargo de Julio Grondona ha desconocido sistemáticamente. Para eso contó incluso con el respaldo de la Corte del menemismo. Por regla general, los clubes vienen concentrando la carga de afrontar los daños producto de los disturbios en las canchas. Ese criterio acaba de cambiar.
La AFA y el club Lanús tendrán que pagarle a Mosca una indemnización que la Corte calculó en 28.000 pesos por el daño moral y otros 15.000 por la lesión que sufrió y la incapacidad laboral y permanente que le produjo. El chofer también había demandado a la provincia de Buenos Aires, por considerar que la Policía Bonaerense no cumplió con su obligación de resguardar el orden público y la integridad física de la comunidad. Pero los jueces supremos dijeron que hubo un gran despliegue policial y opinaron que, de todos modos, “sería irrazonable obligar al Estado a que ningún habitante sufra daños de ningún tipo”.
Al repartir responsabilidades, la Corte sumó otras razones, inspiradas en los derechos del consumidor. “La idea de que los organizadores se ocupan sólo del deporte y sus ganancias, mientras que la seguridad es un asunto del Estado, es insostenible en términos constitucionales. La seguridad es un derecho que tienen los consumidores y usuarios, que está a cargo de quienes desarrollan la prestación o la organización de su control, porque no es razonable participar en los beneficios trasladando las pérdidas”, sentenció el tribunal.
La resolución fue firmada por Ricardo Lorenzetti, Raúl Zaffaroni, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco. Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Carmen Argibay votaron en disidencia, por considerar que no había pruebas para acusar a las instituciones demandadas.
Durante el juicio, la AFA argumentó que su función se limita a programar el partido, mientras que el club se hace cargo de la seguridad. Aun así, concentró los mayores reproches sobre la policía, porque el remisero estaba afuera del estadio. Lanús alegó que no hace nada sin aval de la AFA, que inclusive –destacó– califica los partidos como de “alto o bajo riego”. Pero al señalar un responsable, también apuntó a “la fuerza policial” a cargo “del operativo externo como el interno”.
La Corte definió a la AFA como “una entidad muy especial, con un importantísimo grado de intervención en lo que hacen los clubes asociados”, como “la fijación de fechas, horarios y contratos de transmisión televisiva”, además “de obtener una ganancia directa derivada de dichos eventos”. Todo eso, aseguró el tribunal, “permite calificarla como partícipe”. Más aún, le indicó que “debe preocuparse en grado extremo por la seguridad de las personas que asisten al espectáculo del fútbol” y no puede ignorar “los numerosos acontecimientos de violencia, los daños sufridos por las personas, la zozobra por la inseguridad y la conmoción social por estos sucesos”.
Según el fallo, la primera prueba para culpar al club Lanús es que “la lluvia de objetos” que hirió a Mosca, y que derivó en la detención de 38 personas, venía desde adentro del estadio. “Es irrelevante determinar si estaba un metro más cerca o más lejos del club”, ironizan los jueces. Para ellos, cuando la ley 23.184 (sobre la violencia en el fútbol) habla de la obligación de proteger al espectador en los “estadios”, no sólo se refiere a lo que pasa adentro sino en las cercanías. “Es irrazonable pensar que una persona accede a su riesgo antes de la puerta y, por el contrario, está asegurada por el organizador cuando traspasa el umbral, siendo que la fuente de riesgo es la misma: la organización de un espectáculo sobre la base de la tolerancia excesiva y negligente de las hinchadas.”
La advertencia de la Corte sobre la relación entre clubes e hinchas no es casual: tiene como telón de fondo el conflicto en River, cuyo estadio fue clausurado tras incidentes y acusaciones que involucran a los dirigentes con barrabravas. El tribunal insiste en el fallo de ayer en señalar “las relaciones de complacencia ante integrantes de la hinchada”. El club, dice el fallo, “debe impedir el ingreso de inadaptados y exigir a los concurrentes el cumplimiento de las leyes y reglamentos, extremando las medidas de seguridad a la entrada de los estadios, por ejemplo revisando bolsos, paquetes y portación de armas”.
Los jueces supremos insistieron en que la AFA y Lanús debieron “haber destinado una parte de sus medios organizativos para prevenir y resolver” los desmanes. “No cabe duda de que el incumplimiento de las medidas de seguridad que cabe exigir al organizador de un espectáculo deportivo, han sido violadas”, concluyeron.
En el propio tribunal saben que su decisión puede desatar una cascada de reclamos similares al de Mosca. La violencia en el fútbol es historia vigente, adentro a metros de las canchas. Por eso Sus Señorías dejan una moraleja: “Las consecuencias económicas que podrían derivarse de juicios de responsabilidad civil de los asistentes a espectáculos deportivos están en manos e los propios organizadores. En la medida en que sean rigurosos con la seguridad, sancionen a quienes la ponen en riesgo, tendrán menos reclamos, lo cual constituye un poderoso incentivo económico para el cumplimiento efectivo de sus obligaciones”.
Hugo Arnaldo Mosca, el demandante, aseguró que el fallo de la Corte Suprema de Justicia “sentará un precedente útil para controlar a los violentos”. “Estoy contento, pero más que por este fallo a mi favor, por las demás personas, ya que a partir de esto el precedente puede ayudar a disminuir los casos de violencia”, explicó Mosca, ahora de 76 años. “En aquella ocasión recibí un piedrazo en el ojo izquierdo e inmediatamente me llevaron al Hospital de Lanús, desde donde me derivaron al Santa Lucía y más tarde al Británico”, recordó el ahora jubilado. “Perdí más del cincuenta por ciento de la visión y ahora no sé lo que me corresponde cobrar de indemnización, porque nunca hablé con mi abogado sobre dinero”, apuntó. El ex presidente de Lanús, Carlos González, estimó que la suma rondará los 150.000 pesos. Mosca asegura que lo sorprendió la noticia. “Me enteré por los medios. Primero sentí asombro, luego alegría y ahora estoy tranquilo. No lo esperaba, porque pasaron más de diez años y uno va perdiendo las esperanzas”, confesó. “Pero creo que a la violencia hay que pararla como sea y pienso que esto puede ayudar mucho”, remarcó.
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