La Comisión Interamericana de Derechos Humanos pidió a la Corte de la OEA que obligue a Argentina a cumplir con lo que le ordenaron en 2003: investigar y no dejar que prescriba.
› Por Carlos Rodríguez
La investigación del caso Walter Bulacio, el joven que murió en abril de 1991, días después de sufrir una detención arbitraria por parte de la Policía Federal, se ha convertido en un trágico cuento de nunca acabar por la impunidad que lo mantiene aprisionado en las entretelas de la Justicia argentina. Por esa razón, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos –que asume en este caso un rol similar al del fiscal– le acaba de pedir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA que le requiera al Estado argentino “el pronto cumplimiento de las obligaciones” que el tribunal internacional le había impuesto en una sentencia dictada el 18 de septiembre de 2003. En ese fallo, la Corte consideró que en el caso no podía invocarse la prescripción de la acción penal, como había dispuesto la Justicia argentina, y que por el contrario debían “continuar y concluir las investigaciones para sancionar a los responsables de todas las violaciones a los derechos humanos” sufridas por el joven durante su detención en la comisaría 35ª. Hasta ahora “no se ha hecho nada, salvo pagarle la indemnización a la familia”, coincidieron las abogadas Andrea Pochak y María del Carmen Verdú, al ser consultadas por Página/12.
Pochak, del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), sostuvo que “además de la falta de movilidad de la causa, que sigue trabada como en 2003, tampoco se ha tomado ninguna resolución en cuanto a las medidas legislativas y reglamentarias necesarias para que la Policía Federal y las policías provinciales dejen de tener atributos como para realizar detenciones sin intervención del juez competente”. Verdú, de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional, que representa a la familia de la víctima, consideró que lo que ocurre “es un verdadero escándalo porque las cosas están peor que en 2003. Esto demuestra que la controversia real con el Estado no es por saber quién mató a Bulacio sino que el eje pasa porque no se acepta que se pongan en discusión las facultades policiales para realizar detenciones arbitrarias”. El CELS y Correpi trabajaron en conjunto para lograr el fallo de la Corte Interamericana que sancionó al Estado argentino.
Bulacio, de 17 años, fue detenido el 19 de abril de 1991, junto con otros 72 jóvenes, cuando intentaba ingresar al estadio Obras Sanitarias, en Núñez para presenciar un recital de la banda de rock Los Redonditos de Ricota. El jefe del operativo fue el entonces titular de la comisaría 35ª comisario Miguel Angel Espósito, para quien la fiscal Mónica Cuñarro había solicitado, en 1996, la prisión preventiva por el delito de privación ilegal de la libertad de 73 jóvenes, incluyendo a Bulacio. El delito, según Cuñarro, debía ser penado con 15 años de prisión, pero Espósito sigue sin haber recibido sanción alguna.
“En el caso no se produjo ningún avance, al punto de que ni siquiera la familia de la víctima fue repuesta como ‘particular damnificado’, de manera que sigue sin poder intervenir en la causa”, denunció Verdú. Lo único que se hizo “además de pagar la indemnización, fue publicar la sentencia de la Corte Interamericana ordenando la reapertura de la causa”. Pochak, del CELS, opinó a su vez que el incumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana “es muy grave, porque no son muchos los casos que son revisados y esto constituye un pésimo antecedente para el país”.
La Corte Suprema argentina, recordó Pochak, sacó un fallo dejando sin efecto la prescripción de la causa, pero la fiscalía número 16, a cargo de Cuñarro, y el juzgado 49, de Facundo Cubas, “no avanzaron en nada”. Ante el reclamo de la Comisión Interamericana, los responsables de la causa hicieron “un relato sobre las dificultades y ‘maniobras dilatorias’ que se han presentado a lo largo de 16 años” y que afectan “el normal desarrollo de las investigaciones” que lleva el juez Cubas, según expresó el organismo internacional en el dictamen al que tuvo acceso este diario.
Pochak, respecto de las trabas judiciales generadas a partir de intervenciones de la defensa del comisario Espósito, sostuvo que “parece ser que para la Justicia no hay forma de destrabar esa situación, cuando la defensa apela a ‘chicanas’ judiciales que son analizadas por el juzgado y la fiscalía, cuando lo que deberían hacer es rechazarlas de plano porque están claramente orientadas a entorpecer el trámite. Si se contamina la causa, hay que usar antídotos para no dejar sin justicia a la familia”.
En su resolución, la Comisión Interamericana sostuvo que “no se produjo avance alguno en el cumplimiento del punto resolutivo” que ordenó la reapertura de la investigación desestimando la prescripción. También cuestionó que no se hubieran tomado medidas concretas para ponerle fin a las detenciones arbitrarias y que ni siquiera se haya informado sobre el estado del sumario administrativo que –recién ahora se abrió– para investigar al comisario Espósito, que se retiró con todos los beneficios, pese a cargar con un proceso judicial que lleva 16 años.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux