La Cámara Nacional en lo Civil rechazó la demanda que un pasajero promovió contra una empresa de colectivos por las lesiones que sufrió en un ojo al recibir una pedrada desde el exterior de uno de los vehículos de la línea 630. El tribunal consideró que si bien este tipo de hechos se tornaron “muy frecuentes”, sería una “verdadera injusticia” responsabilizar a la compañía por un daño difícil de evitar.
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