SOCIEDAD • SUBNOTA
› Por Mariana Carbajal
Las mujeres que profesan la religión musulmana y usan velo para cubrir sus cabellos podrán fotografiarse así para tramitar el nuevo DNI argentino, de acuerdo con la Resolución 169/2011 del Ministerio del Interior que se publica hoy en el Boletín Oficial. Del mismo modo, una persona judía podrá usar su kipá. También quien se esté practicando quimioterapia podrá sacarse la fotografía que se incluya en su DNI con un pañuelo en la cabeza. Así lo explicó ayer a este diario Mora Arqueta, directora nacional del Registro Nacional de las Personas (Renaper). Arqueta firmó la nueva normativa. “Nadie puede estar con la cara tapada en la fotografía del DNI. Deben verse los ojos, la nariz y la boca”, aclaró. Y detalló que “la resolución no está dirigida a ninguna religión en particular, pero a partir de los comentarios que nos hicieron llegar representantes de la comunidad musulmana, contemplamos la posibilidad de que se respeten costumbres culturales y religiosas”. “Las mujeres musulmanas podrán salir fotografiadas con su pañuelo. Son casos esporádicos. Pero para algunas mujeres, mostrar el cabello frente a un hombre es equivalente a la desnudez. La resolución que estaba vigente, de 1992, tenía una impronta militar, una redacción obsoleta, hablaba de que la gente tuviera la cabeza descubierta y quedaba librada a la interpretación y buena voluntad de los cientos de funcionarios públicos que atienden en las oficinas del Registro Civil de todo el país aceptar algunas situaciones. También ahora una mujer musulmana tendrá derecho a pedir que la atienda una empleada y a sacarse la fotografía en un lugar reservado si así lo prefiere”, agregó Arqueta.
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