SOCIEDAD • SUBNOTA
› Por Mariana Carbajal
En febrero de 2009 dos mujeres víctimas de violencia fueron juzgadas por el asesinato de sus respectivos esposos. Las sentencias fueron distintas. Graciela Haydeé Aguirre, de 38 años en ese momento, fue absuelta por el Tribunal Oral 4 de La Matanza, que entendió que mató con un cuchillo a su marido en defensa propia y de sus hijos. La acusaban de “homicidio simple”. Unos días después, Valeria Pérez Aquino, de 58 años, boliviana, analfabeta, fue condenada por ese mismo delito por la Cámara del Crimen de Puerto Madryn, por la muerte de su concubino, como consecuencias de las quemaduras que le provocó el agua hirviendo que le arrojó con una olla, después de haber sido agredida física y verbalmente y cuando él se encontraba recostado mandando mensajes de texto. Los jueces le creyeron a Valeria cuando relató su largo padecimiento de violencia cotidiana, malos tratos y humillaciones a los que la sometió él por casi treinta años. Pero no la exculparon de su muerte, ocurrida el 23 de marzo de 2007 en la vivienda que compartían, la ciudad chubutense. Sin embargo, le aplicaron la pena mínima para un homicidio –ocho años– y la beneficiaron con prisión domiciliaria.
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