SOCIEDAD • SUBNOTA
“Pretender reglamentar la prostitución no es legal en el marco del sistema abolicionista argentino. Además, por lo que dice el artículo 31 de la Constitución nacional, las provincias están obligadas a ajustarse a lo que dicten las leyes nacionales y los tratados internacionales. Su rebeldía es inviable por inconstitucional”, advirtió en diálogo con Página/12 el fiscal Marcelo Colombo, titular de la Unidad Fiscal especializada en el delito de trata de la Procuración General de la Nación (Ufase). “Definitivamente, no se puede separar la trata de la prostitución, eso es crucial, porque el eje crucial es la prostitución, no la trata”, afirmó la diputada Marcela Rodríguez, que viene estudiando la temática hace varios años. “En los lugares donde se reglamentó la prostitución siempre la situación empeoró”, alertó la legisladora nacional, quien presentó un proyecto de penalización de “clientes”, quienes pagan por uso sexual o prostituyentes, en el marco de un proyecto muy amplio de reforma a la ley de trata.
A pesar de que distintos relevamientos –entre ellos uno de la Organización Internacional para las Migraciones de 2008– señalan a la ciudad de Comodoro Rivadavia como destino de las rutas de trata, casi no existen procesamientos por ese delito en esa jurisdicción, advirtió Colombo. “Esa situación tiene mucho que ver con la naturalización extrema del fenómeno prostibulario en esa región, eso impacta negativamente en el inicio de un caso y en la interpretación del delito de trata en los que nunca se evalúa la situación de vulnerabilidad de la víctima como medio idóneo para lograr su explotación. Lo mismo pasa en la zona roja de Las Casitas de Río Gallegos y en Ushuaia”, observó Colombo.
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