Lun 22.10.2012

SOCIEDAD • SUBNOTA

“La Justicia no es receptiva”

“En la Argentina, el pluralismo normativo no tiene recepción en los operadores del sistema jurídico –afirmó Silvina Ramírez, profesora de Derechos de los Pueblos Originarios y Neoconstitucionalismo en la UBA–. En otros países latinoamericanos, en cambio, hay jurisprudencia: se hacen esfuerzos para determinar en qué casos pueden funcionar los sistemas normativos indígenas y en qué casos debe primar la Justicia ordinaria. Especialmente en Bolivia y Colombia hay avances en admitir la existencia de distintos sistemas. Claro que esto requiere a su vez definir mínimos que, en términos de derechos humanos, sean exigibles para toda cultura. La Corte Constitucional de Colombia definió cuatro mínimos en el orden de los derechos humanos: el derecho a la vida, que excluye como tal la pena de muerte; el derecho a la libertad, que excluye toda forma de esclavitud; el derecho a la integridad física, que excluye la tortura, y el derecho a ser juzgado según los procedimientos propios de la comunidad.”

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