Lun 19.08.2013

SOCIEDAD • SUBNOTA

“El Estado debe sancionar”

› Por Mariana Carbajal

Los fiscales deben reconocer “las particularidades de los casos de violencia, donde la asimetría entre víctima y victimario está siempre presente”, advirtió la abogada Natalia Gherardi, directora del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA). “Ofrecer la probation aun en los casos en que hay un ‘perdón’ por parte de la víctima, sin una consideración más particularizada de los hechos y las circunstancias personales de quienes están involucrados, no es buena administración de justicia”.

La especialista explicó que en los casos de violencia de género en el marco de relaciones afectivas, el derecho se enfrenta a la disyuntiva de avanzar en la investigación y sanción de los delitos cometidos contra las mujeres o dejar sin efecto los procesos ante el perdón manifestado por la víctima, cuando es mayor de edad. “Es importante evaluar cuáles son las condiciones subjetivas y emocionales en que se da ese perdón, aceptando la finalización del trámite judicial, con todas las consecuencias que eso conlleva. En el caso de la probation en particular, una vez transcurrido el plazo fijado sin que se haya cometido un nuevo delito, la acción penal se extingue y el beneficiado no tendrá registro penal alguno”, advirtió Gherardi. “Cabe preguntarse entonces si el perdón debe hacer perder todo interés del Estado para investigar y sancionar. Hay que tener en cuenta que la única forma de sanción posible no es necesaria y exclusivamente la sanción penal. La sola aceptación de la víctima y volver a convivir no exime al Estado de investigar y sancionar la violencia contra las mujeres”.

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