SOCIEDAD • SUBNOTA
› Por Darío Aranda
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicita a los Estados que apliquen el “derecho a la consulta” y al “consentimiento libre, previo e informado” ante cada acción que pudiera afectar a los pueblos indígenas (derecho vigente en distintas leyes nacionales y tratados internacionales, como el “Convenio 169 de la OIT”). La Comisión recuerda que no se pueden otorgar concesiones a empresas sin el visto bueno de las comunidades indígenas y afirma que no cumplir con ese derecho básico implica una violación de derechos humanos.
La Comisión afirma que cada vez que las comunidades indígenas se organizan y resisten a proyectos extractivos sobrevienen “actos de hostigamiento, amenazas y agresiones”. Se repiten persecuciones judiciales en contra de indígenas, presiones, secuestros y asesinatos. El extractivismo vulnera “el derecho a la vida”, define la CIDH.
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