Dom 28.04.2002

SOCIEDAD • SUBNOTA

¿Legales o ilegales?

› Por Raúl Kollmann

El gran interrogante respecto de los seguros de secuestros está en saber si es legal o no pagar un rescate a los secuestradores. El tema produjo una enorme controversia y existe una resolución de la Corte Suprema sobre un famosísimo e interesante caso conocido como Roque Vasalli vs. DGI.
El presidente de la compañía Roque Vasalli SA, fabricante de cosechadoras, fue secuestrado en 1974. La empresa pagó un rescate de 12.197.055 pesos e incluyó esa suma como pérdida en su balance. Por ello, obviamente, pagó menos impuesto a las ganancias. La DGI objetó esa movida y todo terminó en la Justicia.
De entrada no más, la Cámara Federal de Rosario confirmó un fallo de primera instancia en que un juez resolvió que Vasalli tenía razón. La DGI presentó entonces un recurso extraordinario ante la Corte.
Ocho años después del secuestro, el máximo tribunal también se pronunció a favor de Vasalli. Consideró el pago del rescate “como un hecho fortuito o de fuerza mayor que incidió en los bienes de la empresa y como tal debe aceptarse como una excepción la posibilidad de deducir el pago de rescate de las ganancias de la compañía”. En una palabra, la Corte no consideró el hecho de darle dinero a un delincuente –o extorsionador– como un delito, sino como un hecho de fuerza mayor que, además, puede ser deducido legalmente de las ganancias de una empresa.
Informe: Santiago Anguita.

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