Dom 13.11.2005
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DESENDEUDAMIENTO Y RESPONSABLES DE LA CRISIS

Reparar los daños

La compleja relación del país con el Fondo Monetario forma parte de la agenda económica. Sugerencia de un plan de corresponsabilidad.

Por Moises Resnick Brenner *

Varias causas concurrentes pueden dar una solución para que el país acuerde con el FMI en base a las normas generales del derecho internacional contemporáneo. Una es la afirmación del presidente Kirchner, quien sostuvo que una vez celebradas las elecciones del 23 de octubre el país negociará con el FMI su política de desendeudamiento. Las otras son las declaraciones del director gerente del organismo multilateral, Rodrigo Rato, expresadas en la víspera de la iniciación de la Asamblea General Anual del FMI en septiembre último en Washington. En ese encuentro se trataron las reformas del FMI ante los desajustes de la economía global, la evolución del precio del petróleo y la condonación de las deudas de los países más pobres.

En esa oportunidad, Rato lanzó una crítica sobre el cuestionado organismo multilateral, sosteniendo que debe abstenerse de actuar como el “gobierno del mundo” y de responder sólo a los países más poderosos del G-7. Esas afirmaciones son una continuación de las que expresara en Madrid el 27 de septiembre de 2004, en una entrevista otorgada al periodista Xavier Vidal-Floch para El País de Madrid, donde reconoció algunos errores del organismo. Vale recordar, además, las conclusiones del documento autocrítico producido por la Oficina de Evaluación Independiente sobre su actuación en la Argentina durante la década de los ’90 y en la etapa previa a la crisis de 2001. En ese trabajo, si bien confirma que el FMI cometió “errores”, los justifica cargando culpas sobre los funcionarios argentinos –que sin perjuicio de la responsabilidad que les cabe– actuaron presionados por el organismo, como surge de la lectura de los diarios de entonces.

El reconocimiento de Rato acerca de la responsabilidad del FMI en la debacle argentina constituye la manifestación explícita de culpabilidad, y una oportunidad histórica de enmendar lo que generaron las anteriores autoridades del Fondo, que actuaron entre 1998 y 2001. Esa intervención ha causado daños no sólo económicos, sino también morales, que en el caso de Argentina la ha llevado al default y al deterioro en el nivel de vida de sus ciudadanos.

En efecto, la palabra “responsabilidad” deriva del latín responsus, que significa constituirse en garante frente al otro. Esa responsabilidad, que surge como consecuencia de la infracción a su obligación de informar como auditor la situación real que surge de la Contabilidad Nacional, genera la obligación de reparar integralmente los daños causados tanto al país como a los inversores. Esa reparación debe restituir el equilibrio afectado por el daño, tratando de situar a la víctima en una situación equivalente a la que hubieran tenido si el hecho perjudicial no se hubiera producido. En principio, debiera ser la diferencia entre las sumas que se le reclaman al país y la deuda legítima que honraría el país, de acuerdo a las normas generales del derecho.

El FMI debe reparar los daños causados por su actuación por la corresponsabilidad que le cupo como auditor de la Argentina durante los últimos veinte años. En ese período defraudó a la comunidad internacional, posibilitando a los gobiernos de esa época financiar con deuda su falta de disciplina fiscal y engañando a la opinión pública con veleidades de Primer Mundo, violando normas ética en las inversiones.

La corresponsabilidad del FMI en su tarea de auditoría fue lo que permitió que se genere la burbuja financiera que terminó arrastrando al país a la debacle de diciembre de 2001. Es pertinente señalar que desde hace más de tres milenios, las normas generales del derecho determinan que quien produce un daño físico, moral o del honor lo debe reparar. Esto ya figuraba en las Leyes de Sumeria, en la legislación griega, romana y en el Talmud, y hoy está incorporada en la actual legislación de los 191 estados miembro de las Naciones Unidas y también forma parte del derecho internacional contemporáneo. Una muestra de reiteración de “buena fe” es que se establezca un sistema de pagos del saldo de deuda con los organismos internacionales (FMI-BMBID) sin que ello signifique reconocimiento de hechos o derechos, por parte de ambas partes. Esa suma sería transferida a un Fondo Fiduciario administrado por una entidad sujeta a acuerdo de las partes, en 30 cuotas anuales iguales y consecutivas calculadas por el sistema francés –como son los créditos para la compra de una vivienda– con un interés del 2 por ciento anual, similar al de los Bonos del Tesoro de los Estados Unidos. Así, por ejemplo, si la suma fuera de 12.000 millones de dólares, la cuota anual sería de 535 millones, o 44 millones durante 360 meses.

Al momento de acordar el convenio con los organismos multilaterales, se ajustarían los créditos y débitos, liquidando las diferencias a favor y /o en contra a cada aparte, y mientras tanto la Argentina renuncia a solicitar ningún crédito a los organismos multilaterales. Este acuerdo deberá ser aprobado por el Congreso Nacional.

* Presidente de la Comisión de Economía del Centro Argentino de Ingenieros y Miembro del Encuentro del Pensamiento Nacional.

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