EL REGIMEN DE ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO
La Corte Suprema ratificó esta semana la inconstitucionalidad del sistema de Riesgos del Trabajo. Se demora la redacción de una nueva norma que deje conformes a empresarios y trabajadores.
› Por Federico Simonetti
En septiembre de 2004, tres fallos de la Corte Suprema impactaron en el corazón de la Ley de Riesgos del Trabajo y dejaron tambaleando al sistema de aseguradoras privadas. Desde entonces, los sectores involucrados coinciden en la necesidad de elaborar una nueva norma, pero las diferencias entre las entidades empresarias y los ministerios de Trabajo y Economía están demorando su redacción. El debate central es por las indemnizaciones: el sistema establecía que un trabajador accidentado debía cobrar el resarcimiento de una ART, prohibiéndole expresamente iniciar una demanda civil contra su empleador en busca de una mayor compensación.
Este último punto fue declarado inconstitucional por la Corte, y eso provocó que el castillo de naipes jurídico de la norma terminara por derrumbarse. Aunque la ley sigue vigente, después de aquel fallo para los empresarios no les resulta útil el seguro de una ART para indemnizar al trabajador si después deberán responder con su patrimonio por un litigio en la Justicia civil iniciado a causa del mismo accidente.
“Esta situación constituye una amenaza, sobre todo para empresas pequeñas y medianas que vuelven a enfrentar el riesgo de un juicio laboral cuyo final podría resultar inafrontable”, señaló a Cash Mara Bettiol, gerente general de la Unión de ART, quien además vaticina la aparición de una nueva industria del juicio. “Durante 2005 se elevaron un 77 por ciento los litigios de este tipo”, aclaró. Sin embargo, se calcula que el año pasado se produjeron al menos 450.000 accidentes del trabajo: los 6847 juicios contabilizados por la UART representan sólo el 1,5 por ciento de los casos.
Para Luis Ramírez, integrante de la Asociación de Abogados Laboralistas, “el problema se soluciona si las indemnizaciones son justas, porque en ese caso el trabajador no necesita recurrir a la Justicia”. Según el tarifado sistema actual, si un trabajador de 40 años y 1000 pesos al mes de salario sufre un accidente que le reduce a la mitad sus capacidades, cobraría una indemnización de 44.000 pesos. Cifra seductora si se obtiene en un bingo pero insuficiente para compensar una probable vida sin empleo. Esta situación de inequidad es reconocida incluso desde sectores empresarios: “Las indemnizaciones son muy bajas y es justo que el trabajador reclame a la Justicia. El sistema debe amparar a los patrones en su responsabilidad y a los obreros en el resarcimiento”, dijo Francisco Matilla, abogado asesor de la Cámara Argentina de la Mediana Empresa.
La nueva Ley de Riesgos del Trabajo no sólo implicará consecuencias jurídicas, también puede tener una incidencia importante en los costos empresariales. Durante su gestión al frente del Ministerio de Economía, Roberto Lavagna intentó acaparar la elaboración de la nueva norma, y su sucesora, Felisa Miceli, buscó lo propio a comienzos de este año. Sin embargo, en la pulseada se impuso el Ministerio de Trabajo que a fines del año pasado presentó un primer borrador.
El criterio elegido por la cartera de Carlos Tomada para las indemnizaciones fue el de la opción: un trabajador podrá quedarse con el resarcimiento dinerario de la ART o renunciar a ese beneficio para iniciar una acción civil. Además se propuso fusionar la nueva norma con la de Higiene y Seguridad Laboral, y la modificación de artículos vinculados a las indemnizaciones en cuotas y el funcionamiento de las comisiones médicas, ambos también señalados inconstitucionales por la Corte. Ese primer borrador depertó unas 80 observaciones de la Unión Industrial Argentina, lo que demoraría la negociación.
Ante la discutible constitucionalidad de forzar al trabajador a descartar la vía civil, otra de las propuestas consiste en acercar las actuales indemnizaciones a las sumas utilizadas por la Justicia laboral, y de esa forma garantizar que la apertura de un juicio no resulte tentadora. Según la UART, esto elevaría el costo de la póliza que pagan los empleadores del actual 2,1 al 3,5 por ciento de la masa salarial. Aunque ese aumento no resulta seductor a los sectores empresarios, cuando en 1996 se aprobó la ley actual se había acordado que las primas iban a ser cercanas al 4 por ciento.
Todas estas variantes se están analizando desde el Gobierno y estarían por plasmarse en un nuevo borrador. Sin embargo, hasta hoy, el único proyecto presentado en el Congreso pertenece al abogado laboralista y actual diputado nacional Héctor Recalde. Basado en las discusiones surgidas de unas jornadas organizadas por la CGT de la que participaron trabajadores, abogados laboralistas, ingenieros en seguridad, médicos sanitaristas y empresarios, el proyecto de Recalde no exime de la responsabilidad civil a los empleadores, pero a la indemnización impuesta por la Justicia deberá deducirse la reparación dineraria otorgada por la ART. Además propone la posibilidad de organizar mutuales de autoseguro y la reorganización del sistema de comisiones médicas.
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