SE REGLAMENTO LA LEY DE BIOCOMBUSTIBLES
Los biocombustibles prometen transformar el escenario del campo local. El negocio resulta apetecible para la industria aceitera de exportación. Hay siete grandes proyectos de plantas en marchas.
› Por Claudio Scaletta
En el sector agropecuario está surgiendo un nuevo producto estrella, los biocombustibles. Su emergencia en el escenario mundial dará seguramente mucho que hablar, en particular por su segura incidencia en el costo de las materias primas. Para Argentina, un país con ventajas comparativas en la producción de los insumos, se trata sin dudas de una oportunidad que transformará el escenario del campo local. En el mercado interno el punto de partida será 2010, la fecha hoy remota en la que según la legislación sancionada el pasado abril, será obligatorio mezclar con un 5 por ciento de bioetanol a las naftas y un 5 por ciento de biodiésel al gasoil. La proyección de esta demanda sobre la producción de insumos, en base al consumo actual, es que se necesitará producir 600 mil toneladas anuales de biodiésel y 160 mil de bioetanol. Traducido en términos de área sembrada de insumos esto representa 1,3 millón de hectáreas de soja y 80 mil de maíz.
La norma estableció un régimen promocional para aquellas inversiones que se destinen a abastecer el mercado interno. Los beneficios son similares a los que otorga la ley de Promoción de Inversiones a los proyectos seleccionados: la amortización acelerada de bienes de capital y la devolución anticipada del IVA por un término de 15 años. Adicionalmente, el producto final, los biocombustibles, quedan liberados del tributo a los Combustibles Líquidos y Gaseosos (ICLG, ex ITC), que ronda el 19 por ciento, y del 20,2 por ciento de la tasa de gasoil en el caso del biodiésel y de la tasa de infraestructura hídrica (de 5 centavos por litro de combustible) en el caso del bioetanol.
Sin embargo, todo parece indicar que por complementariedades y estructura de mercado, el negocio resulta naturalmente apetecible para la industria aceitera destinada a la exportación. El aliciente fiscal es que si se exportan aceites se deben pagar retenciones del 24 por ciento (hasta hace poco eran del 20 por ciento), en cambio si se exportan biocombustibles la retención se restringe al 5 por ciento. Actualmente existen unos 7 proyectos de construcción de plantas de biocombustibles destinadas a la exportación en marcha, con un promedio de inversión en cada una de 15 millones de dólares. Entre estos proyectos se encuentran los de Aceitera General Deheza, Cargill, Vincentin y Molinos.
El pasado viernes 9 de febrero se firmó finalmente, con acto multitudinario en Casa de Gobierno inclusive, el decreto reglamentario de la ley. Si bien todavía serán necesarias algunas resoluciones complementarias, el decreto resolvió algunos puntos. Quizá el más relevante sea el tratamiento de la producción para el autoconsumo, para la que ahora quedó clara la recepción de los beneficios de la ley. Además se dio un plazo de 90 días para blanquear la producción de una treintena de emprendimientos de este tipo que ya están produciendo alrededor de unos 1000 litros mensuales cada uno. Estos establecimientos podrán inscribirse en la Secretaría de Energía y blanquearse si cumplen con los requisitos de calidad establecidos para la producción. Adicionalmente, podrán eventualmente comercializar el excedente no consumido. Un punto que deberá ser resuelto por la “autoridad de aplicación” es el otorgamiento de subsidios. Se argumenta que el precio del gasoil en el mercado interno es bajo en relación al internacional y el de los insumos creciente, lo que afecta la ecuación productiva de los biocombustibles. El tema es controversial y todavía no está resuelto (se cuenta entre los que exigen la firma de resoluciones).
Un punto que recibió la crítica de los lobbistas fue que el decreto reglamentario no incluye uno de los pedidos por los que más trabajaron: el de estabilidad fiscal. El sector orientado a la exportación, que no recibe los beneficios de la ley, pretendía que para todos los proyectos de biocombustibles se aplique este incentivo. En concreto: que no se pueda subir el actual nivel de las retenciones del 5 por ciento. En Argentina ya existe un antecedente sobre los beneficios de este tipo de “seguridad jurídica” para las inversiones, es la que goza la actividad minera. Según fuentes gubernamentales consultadas por Cash, este tipo de estabilidad fiscal “no estuvo ni estará” en agenda.
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