EL BAúL DE MANUEL
Provincias
Desde 1879, suprimido el indio, la Argentina dispuso de abundante tierra fértil. La tierra sola, sin trabajo y capital, no podría producir nada. Pero la más ligera incorporación de los mismos la haría fructificar. La inmigración europea, la construcción de ferrocarriles y puertos, la importación de útiles de labranza, permitieron expandir la exportación de origen rural. Mientras hubo tierras sin arar, incorporar capital y trabajo fue requisito para expandir la producción agropecuaria. Con libre migración de capital y trabajo, la tierra argentina funcionó como si estuviera adosada a la economía europea. David Ricardo anticipó esa virtual anexión en una carta a Malthus en diciembre de 1814: “Si con cada acumulación de capital pudiéramos adosar a nuestra Isla una porción nueva de tierra fértil, la ganancia no caería nunca”. Y añadió: “podríamos beneficiarnos de importaciones de cereal barato, en vez de cultivarlo caro”. Esa tierra sería “provincia” en el sentido latino (país de conquista, nación vencida, que Roma administraba como unidad autocontenida). En países de enorme abundancia de determinado recurso (trigo, carne, lana, oro) y carencia de todos los demás, aumenta prodigiosamente su producción al incorporar aquello que falta: la exportación es complementaria de la incorporación de recursos escasos, y el comercio entre naciones se parece más a un comercio entre provincias de una misma nación. J. H. Williams, profesor de Harvard y amigo de la Argentina, escribió en 1929: “Inglaterra halló conveniente producir trigo y carne (y a ese fin exportar capital) en la Argentina, oro y lana en Australia, minerales y alimentos en Africa, materias primas y alimentos en los Estados Unidos y Canadá”. Hoy el mundo ha acortado las distancias y abreviado las comunicaciones. Cada nación es provincia del orden global. El caso argentino permite entender al de Irak: su petróleo, casi a ras del suelo, puede extraerse en cantidades prodigiosas, con solo incorporar capital y tecnología. Es casi natural que la Roma de hoy, el máximo consumidor mundial de petróleo, dirigida por wasps *, haya querido adosar tan inmensas reservas petrolíferas a las suyas propias, exterminando iraquíes como dos siglos antes hizo con los pieles rojas, o como la Argentina misma hizo con el indio para conquistar sus tierras.
* Wasp: White (blanco), anglosajón y protestante.
Hammurabi
Antes de existir la tinta y el papel, entre el Tigris y el Eufrates se inventó el modo de perpetuar el pensamiento y hacerlo circular en la sociedad humana: la escritura. Sobre la blanda arcilla y con una espátula, dos particulares fijaban los términos de un contrato a perfeccionar en el futuro: pagar un salario, devolver un préstamo. El monarca, de igual modo, podía fijar las normas a las que los súbditos debían ajustar sus derechos y obligaciones; o, dadas ciertas circunstancias, olvidarlos. También implicaba una actitud de prevalencia de la norma sobre la fuerza del poderoso. Es un misterio cuándo nacieron esos contratos entre particulares, escritos en arcilla. Pero sí conocemos la fecha de la codificación de las normas: siglo 18 a.C., en el reinado de Hammurabi, cuyo código es el más antiguo conocido. Dirigido a una economía fluvial, en el código babilonio abundaban las normas referidas al recurso acuático. Los contratos mismos se creaban con material costero, y se destruían disolviéndolos en agua. El código regulaba actividades como el mantenimiento de canales, el contrato laboral o de arrendamiento, el intercambio comercial, la aplicación del talión para compensar daños materiales, la protección de los miembros de la familia y sus bienes. Fijaba taxativamente alquileres y salarios, así como límites al pago de intereses. Los tres pasajes siguientes pudieron ser precursores de tres problemas milenarios de la ciencia económica –y aspectos aún vigentes de la política económica–. Regulación del interés: “Si un hombre ha estadosujeto a una obligación que conlleva intereses y si la tormenta inundó su campo y arruinó su cosecha, y el trigo no creció en el campo, este año no dará trigo al acreedor, sumergirá en agua su tableta y no dará interés este año” (art. 48). Justo salario: “Si uno empleó a un barquero, le pagará 6 gur por año” (art. 239). Justo precio: “Si uno alquiló por un año un buey de trabajo, pagará 4 gur de trigo por año” (art. 242). ¿Hemos superado a Hammurabi? Hoy y aquí, no hemos hallado solución a los intereses excesivos que cobra el sistema financiero, ni respuestas a la ejecución masiva de deudores hipotecarios en el sector rural, ni compensación razonable a la pulverización del salario después del ajuste cambiario de un 200 por ciento, que convirtió en letra muerta la garantía de un “salario mínimo, vital y móvil”, que otorga la Constitución Nacional.
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