Dom 02.12.2007
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CONTADO

Seguridad jurídica

› Por Marcelo Zlotogwiazda

El ejercicio de búsqueda a través de Google del término “seguridad jurídica” arroja 1.840.000 contactos en las páginas argentinas. Evidentemente, es una cuestión relevante y de inmensa presencia. Lo primero que aparece es un breve texto escrito por el consejero de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional, Pedro J. Frías, que comienza así: “Cuando el Fondo Monetario Internacional exige a la Argentina recuperar la seguridad jurídica nos interpreta a todos los que queremos vivir en un Estado de derecho”.

Le sigue una nota editorial de La Nación de octubre de 2004, que si bien llevaba como título “Seguridad jurídica para todos”, al inicio destacaba lo siguiente: “Ciertos reiterados y justificados reclamos del sector empresario, de los cuales ha ido dando cuenta este diario, actualizan la trascendencia... (del) tema de la seguridad jurídica, ese concepto tan vapuleado y, sin embargo, de tan vital importancia para cualquier intento de reinstalar al país en la senda del progreso y el crecimiento. Para quienes prefieren emplear un lenguaje más cotidiano, no está de más recordar que la seguridad jurídica se identifica, en definitiva, con la previsibilidad, condición imprescindible para que los inversores del mundo vengan a nuestro país y se decidan a contratar, a generar empleo o, simplemente a salir a la calle”.

Lo tercero que muestra Google es una nota del mismo diario de hace diez días acerca de un seminario sobre América latina realizado en España donde el presidente de Repsol, Antonio Brufau, se quejaba por la falta de “marcos estables, previsibilidad y seguridad jurídica en determinados países de la región”.

Alcanza con estos ejemplos para que el ejercicio sirva como prueba de que la seguridad jurídica ha sido en los últimos años una bandera agitada casi siempre a favor de intereses poderosos, fundamentalmente de los empresarios. En nombre de la seguridad jurídica el Fondo presionó y logró que durante la presidencia de Eduardo Duhalde se derogara la Ley de Subversión Económica que afectaba a importantes banqueros. En nombre de la seguridad jurídica se puso el grito en el cielo por el congelamiento de tarifas. La seguridad jurídica fue un caballito de batalla muy usado para embestir contra muchas decisiones que perjudicaban el bolsillo del poder económico.

Seguramente, en varios casos les asistía la razón. Pero tan cierto como eso es que la falta de seguridad jurídica no estaba en primer plano cuando lo que no se respetaba eran derechos populares, por no hablar de los tiempos en los que se violaban los más elementales derechos humanos. El incumplimiento masivo del artículo 14 bis de la Constitución no es algo que los que suelen insistir en el asunto encuadren habitualmente como atropellos a la seguridad jurídica. Y cuando excepcionalmente se considera que la seguridad jurídica es para todos, como en el citado editorial de La Nación, los derechos de los comunes aparecen relegados respecto al derecho de los fuertes.

Por todo lo anterior, además de la enorme trascendencia concreta que tiene el fallo de la Corte Suprema en el caso de Adolfo Badaro en materia previsional y fiscal, es conceptualmente notable que el máximo tribunal haya reiterado su instrucción para que se sancione una ley que establezca un criterio de movilidad en los haberes de aplicación permanente, fundamentado en la necesidad de brindarles a los jubilados “mayor seguridad jurídica” que la que se desprende de estar sujetos a la discrecionalidad del Gobierno.

Con la discrecionalidad del gobierno de Kirchner, los tres millones de jubilados que menos cobraban mejoraron bastante su ingreso real (los que estaban en el mínimo hace cuatro años casi triplicaron su ingreso), mientras que el restante millón y algo, Adolfo Badaro entre ellos, recibió aumentos algo o muy inferiores a la inflación. Así planteado, el balance es positivo. Pero desluce bastante si se tiene en cuenta que, luego de cinco años de excepcional crecimiento, la radiografía de los haberes jubilatorios muestra que los que cobran más de 1000 pesos por mes no llegan a 400.000 (menos del 10 por ciento), y que la pirámide se acható a tal punto que tres de cada cuatro cobran un haber mínimo que apenas araña los 600 pesos.

Dentro de un mes vence el plazo para que los afiliados a las AFJP puedan optar por volver al sistema público. Si el Gobierno está verdaderamente interesado en maximizar los traspasos, nada mejor que obedecer de inmediato a la Corte promoviendo una ley de movilidad jubilatoria que seduzca a los candidatos con la seguridad jurídica de que su ingreso se va a ajustar de ahora en más con el mejor de los criterios posibles.

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